Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 22 de Diciembre de 2014

PonenteJosé Eduardo Ayu Prado Canals
Fecha de Resolución22 de Diciembre de 2014
EmisorPleno

VISTOS: El Pleno de la Corte Suprema de Justicia conoce de la acción de Hábeas Data promovida por el LICDO. R.F.Y., quien actúa en su propio nombre y representación, contra la Directora de Recursos Humanos del Órgano Judicial de Panamá. PRETENSIÓN DEL ACCIONANTE El LICDO. R.F.Y., señala que mediante nota de 21 de noviembre de 2012, presentada el 23 de noviembre de 2012, solicitó a la Jefa del Departamento de Planillas o a la Directora de Recursos Humanos del Órgano Judicial de Panamá certificara si recibió instrucciones para retirarlo de la planilla del Órgano Judicial y que se der afirmativa su respuesta, certificara también qué funcionario giró tales instrucciones y a partir de qué fecha le ordenaron que debía hacerse efectiva su salida de la planilla, indicándole además que la información solicitada sería utilizada para trámites judiciales que adelantaría. Sostiene que la anterior petición fue reiterada el día 3 de diciembre de 2012, dirigiéndola expresamente a la Directora de Recursos Humanos del Órgano Judicial de Panamá. Como fundamento de la acción presentada indica que el día 6 de noviembre de 2012, la Sala Cuarta de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia dicta el Acuerdo No.894-DRH-2012, por el cual se deja sin efecto el nombramiento interino de su persona en el cargo de Asistente de Magistrado (Itinerante) de la Sala IV de Negocios Generales con posición No.2050, acción de personal que le fue notificada el día 8 de noviembre de 2012, acto en el cual anunció recurso de reconsideración con aplicación del efecto suspensivo contenido en la Ley 38 de 2000, el cual fue formalizado y además se promovió una advertencia de inconstitucionalidad y una advertencia de ilegalidad contra el literal "C" del artículo 4 del Acuerdo No.77 de 1993, tal como fue modificado por el Artículo 1 del Acuerdo No.463 de 1999, que reglamenta los cargos itinerantes en la Sala Cuarta de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia, designando apoderada judicial que lo representara. Sostiene que mediante resoluciones de 19 de noviembre de 2012, la Sala Cuarta de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia dispuso no remitir las advertencias de inconstitucionalidad y de ilegalidad propuestas, así como mediante resolución de 20 de noviembre de 2012, dispuso mantener en todas sus partes el Acuerdo No.894-DRH-2012, acción de personal de carácter administrativo que le fue notificada el día 22 de noviembre de 2012 y en el cual su apoderada...

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