Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 12 de Noviembre de 2014

PonenteOydén Ortega Durán
Fecha de Resolución12 de Noviembre de 2014
EmisorPleno

VISTOS: Ha ingresado para conocimiento del Pleno de la Corte Suprema de Justicia la Acción de A. de Garantías Constitucionales presentada por el Licenciado J.M.R.C., apoderado judicial del señor D.O.V., contra la Resolución No. 910-04-60-CDA de 4 de diciembre de 2012, proferida por la Comisión de Apelaciones Aduaneras de la Autoridad Nacional de Aduanas. ADMISIBILIDAD DE LA ACCIÓN CONSTITUCIONAL Luego del sorteo y reparto correspondiente, el Magistrado Sustanciador ordenó la admisión de la presente Demanda de A., requiriendo a la Autoridad demandada un informe acerca de los hechos materia de la Acción constitucional. POSICIÓN DE LA AUTORIDAD DEMANDADA La Autoridad Demandada mediante Nota N° 930-01-340-AS-AZA de 22 de mayo de 2013, en tiempo oportuno, remitió el informe solicitado por el Magistrado Sustanciador, indicando lo siguiente: "... 1. El día 14 de marzo de 2006 el señor D.O.V. arriba al país sin declarar la cantidad exacta de dinero que portaba a su ingreso. 2. Iniciada la instrucción sumarial, se procede a tomarle Declaración Jurada en base a los términos legales. 3. Fijada y realizada la audiencia, se emite la Resolución N° AR-AT-108 de 11 de abril de 2006, donde se considera responsable del delito de Defraudación al señor D.O.V. 4. Se interpone recurso de Reconsideración con apelación en subsidio ante la Dirección General de Aduanas. Dicha Dirección confirma en todas sus parte la Resolución emitida por la Administración Regional de Aduanas 5. Mediante Resolución N° 930-04-048-AS-AZA de 14 de septiembre de 2011, se ordena conmutar la pena principal impuesta al señor D.O.V. por tres (3) años de arresto; se ordena el impedimento de salida del país y oficiar a las autoridades de la Policía Nacional y al Servicio Nacional de Migración. 6. Es interpuesto Recurso de Reconsideración, Incidente de Nulidad e Incidente de Prescripción de la pena contra la Resolución N° 930-04-048 de 14 de septiembre de 2011 ante la Comisión de Apelaciones Aduaneras, quien confirma en todas sus partes la resolución de la Administración Regional de Aduanas. ... ALEGATOS DEL ACCIONANTE El promotor de la Acción constitucional solicitó se conceda la Demanda de A. de Garantías Constitucionales propuesta y se revoque la orden de hacer contenida en la Resolución No. 910-04-60-CDA de 4 de diciembre de 2012 de la Comisión de Apelaciones Aduaneras de la Autoridad Nacional de Aduanas; por medio de la cual se negó la solicitud de prescripción de la sanción de multa de TREINTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS DIECIOCHO BALBOAS (B/.38,918.00) impuesta al Licenciado D.O.V., mediante Resolución AR-AT-108 de 11 de abril de 2006 de la Administración Regional de Aduanas, Zona Aeroportuaria. El Activador Constitucional hace una exposición de los hechos más relevantes, entre los que refiere que, en contra del Licenciado D.O.V. se siguió un proceso penal aduanero con motivo de la no declaración de la suma de B/. 19,459.00, en el Aeropuerto Internacional de Tocumen, el día 14 de marzo de 2006. Que el referido Proceso Penal Aduanero fue resuelto mediante Resolución AR-AT-108 de 11 de abril de 2006 de la Administración Regional de Aduanas, Zona Aeroportuaria, en la cual se le impuso al Licenciado D.O.V. la pena de multa de TREINTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS DIECIOCHO BALBOAS (B/. 38, 918.00). Añadió el Accionante que la referida Resolución fue confirmada mediante Resolución No. 715-04-03-CA de 16 de marzo de 2007 de la Comisión de Apelaciones Aduaneras de la Dirección General de Aduanas. Indicó el Accionante que las aludidas Resoluciones quedaron...

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