Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 2 de Julio de 2014

PonenteGabriel Elías Fernández M.
Fecha de Resolución 2 de Julio de 2014
EmisorPleno

VISTOS: La señora A.R. ha interpuesto ante el Pleno de esta Corporación de Justicia, Acción Constitucional de H.C., a favor del señor A.P.S., y en contra de la Sala Segunda de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia. La parte actora refiere que contra A.P.S. se siguió un proceso penal por delitos de Estafa y Blanqueo de Capitales, que culminó en primera instancia, con una sentencia absolutoria dictada por el Juzgado Décimo de Circuito Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá; sin embargo, ante el recurso de apelación presentado por la Fiscalía de la causa, el Segundo Tribunal Superior de Justicia, revocó la sentencia de primera instancia, y le aplicó indebidamente, una medida de impedimento de salida del país, a pesar que lo legal era concederle su libertad, porque los delitos imputados no están relacionados con narcotráfico, ni con delitos conexos. Aclara que actualmente, el proceso seguido a PURCELL SARRIÁ, se encuentra en la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en virtud de la formalización de un recurso de casación contra el fallo de segunda instancia. En consecuencia, solicita se declare ilegal el impedimento de salida decretado contra el señor A.P.S. y se le permita salir de Panamá, por el plazo de un mes, contado a partir de la sentencia que resuelve este recurso (Fs. 1 del cuadernillo). SUSTANCIACIÓN Es importante advertir que mediante reparto celebrado el 17 de diciembre de 2012, el presente negocio constitucional quedo adjudicado a la ponencia del Magistrado A.S. (Fs. 2-8), quien dos días después manifestó impedimento legal para conocer del mismo. Mediante resolución de 11 de marzo de 2013, el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, declaró sustracción de materia respecto a la solicitud presentada por el Magistrado Salas. En consecuencia, mediante proveído de 15 de abril de 2013, se acogió la presente acción y se libró mandamiento de hábeas corpus, contra la Sala Segunda de lo Penal, de la Corte Suprema de Justicia (F. 16). En consecuencia, mediante Oficio No. 199-SP-2013 de 18 de abril de 2013, el Magistrado H.D., en su condición de Presidente de la Sala Segunda de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia, negó que dicha Sala haya ordenado la detención preventiva de A.P.S., explicando que la misma fue dispuesta en fase sumarial por la Fiscalía Quinta de Circuito del Primer Circuito Judicial de Panamá, luego de haber ordenado recibirle declaración indagatoria al prenombrado, por su presunta vinculación a la comisión de delitos de Estada y Blanqueo de Capitales, en perjuicio de INTERCORP MANAGEMENT, INC. Continúa señalando que, el Juzgado Décimo de Circuito Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá, declaró lugar a seguimiento de causa penal contra el imputado, y...

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