Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 28 de Mayo de 2014

PonenteJosé Eduardo Ayu Prado Canals
Fecha de Resolución28 de Mayo de 2014
EmisorPleno

VISTOS: Ingresó al Pleno de la Corte Suprema de Justicia, la acción de Hábeas Corpus, incoada por el licenciado L.E.A., a favor del señor J.O.R., contra el D. del centro carcelario M.C.. Indica el accionante que, el señor J.O.R., fue aprehendido por la presunta comisión de delito Contra la Seguridad Colectiva, sumario que es instruido en la Fiscalía Delegada Especializada en Delitos Relacionados con Drogas del Primer Circuito Judicial de Panamá. Explica que el despacho instructor, luego de realizar las investigaciones respectivas, determinó mediante providencia del dieciséis (16) de diciembre de 2013, ordenar la inmediata liberta del señor OSPINA RAMÍREZ y, por su carácter de extranjero, fue remitido al Servicio Nacional de Migración. Agrega que la Dirección Nacional de Migración, ha ordenado la expulsión de J.O.R. del país, so pretexto que contra él no se tiene impedimento de salida del país, lo cual es contrario a lo que la establece la resolución de Fiscalía Delegada. Señala el licenciado L.E.A.R. que, de la resolución en comento, se infiere que J.O.R., tiene que seguir enfrentando el proceso en su contra y, el hecho que en estos momentos la Fiscalía de Instrucción, haya ordenado su libertad, no quiere decir que el proceso en su contra haya terminado, muy por el contrario, su representado, en su momento, tendrá que cumplir con la justicia ordinaria y pagar por el hecho cometido, toda vez que se encuentra confeso; pero, que el D. de Migración, mantiene aún detenido a J.O., pretendiendo expulsarlo del país, estando de por medio un proceso penal en su contra, al cual tiene que hacer frente para que se garanticen todos sus derechos. Afirma que su representado, se encontraba en espera de la próxima moratoria migratoria para el mes de enero de 2014, del cual ya se encontraba con todos sus requisitos que establece la ley para ello, por lo que es injusto e iresponsable tratar de expulsar a una persona, cuando ya se encuentra pendiente de tal acción migratoria, por lo que a todas luces su expulsión sería ilegal e injusta. Por lo anterior, solicita se decrete ilegal la detención de J.O.R. y su expulsión del país, por lo que pedimos que se ordene su inmediata libertad. INFORME DE LA AUTORIDAD DEMANDADA Una vez ingresado mediante las reglas de reparto, el Magistrado Sustanciador dispuso librar mandamiento contra la autoridad demandada, es decir, la Dirección General del Servicio Nacional de Migración, la cual dio contestación mediante Nota de 17 de...

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