Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 23 de Abril de 2014

PonenteAlejandro Moncada Luna
Fecha de Resolución23 de Abril de 2014
EmisorPleno

VISTOS: Ha ingresado para conocimiento del Pleno de la Corte Suprema de Justicia, la Acción de H.C. interpuesta por el licenciado E.M.G., defensor de oficio del señor F.P.C.A., sindicado por delito Contra la Vida y la Integridad Personal (Homicidio), en perjuicio de J.R.M.R. (q.e.p.d.), contra la Fiscalía Segunda Superior del Primer Distrito Judicial, con S. en San . I. EL LIBELO DE HABEAS CORPUS En la iniciativa constitucional ensayada se sostiene, que en la declaración indagatoria rendida por F.P.C.A., éste manifiesta que es inocente de los cargos que se le imputan, ya que se encontraba en la ciudad de Colón el día de los hechos, y que la agencia de instrucción fundamenta los cargos y la orden de indagatoria, en el señalamiento "directo" que hace la esposa del occiso, quien no logró identificarlo en una diligencia de reconocimiento en rueda de detenidos, y posteriormente lo identifica en diligencia de reconocimiento fotográfico, aunado a que la descripción física que se hace del imputado C.A. no coincide con las descripciones dadas por los testigos presenciales del hecho. Agrega, que la declaración del testigo protegido no debe constituirse en un medio de plena prueba, ya que no goza de la credibilidad necesaria para fundamentar la privación de libertad, por lo que debe ser valorada en conjunto con las otras pruebas o indicios adicionales, para que se le pueda dar un valor preponderante. Que la vinculación del imputado no ha sido acreditada y por ello su privación de libertad es ilegal, dado que no existen elementos mínimos que comprueben su responsabilidad. II. ANTECEDENTES La acción de H.C. fue interpuesta el día 11 de diciembre de 2013, en la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia y acogida mediante providencia calendada 13 de diciembre de 2013, en la cual se libra mandamiento contra la Fiscalía Segunda Superior del Primer Distrito Judicial de Panamá, con S. en San Miguelito, la cual mediante Oficio No.4458 de 20 de diciembre de 2013, informó, que sí ordenó la detención preventiva de F.P.C.A., por la presunta comisión de delito Contra la Vida y la Integridad Personal (homicidio), en perjuicio de J.R.M.R. (q.e.p.d.), sirviéndole como fundamentos de hecho y de derecho, la diligencia de reconocimiento de cadáver, las fotografías de reconocimiento de cadáver y del Protocolo de Necropsia practicada al occiso, el formulario único de parte clínico de defunción y el proyectil de arma de fuego en cabeza. En cuanto al elemento...

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