Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 18 de Marzo de 2014

PonenteOydén Ortega Durán
Fecha de Resolución18 de Marzo de 2014
EmisorPleno

VISTOS: Ha ingresado a conocimiento del Pleno de la Corte Suprema de Justicia, la Acción de A. de Garantías Constitucionales interpuesta por el licenciado E.G. De Paredes en nombre y representación de N.F.L.V. contra la Nota N° 12 (20230-01) 2229 de veintidós (22) de marzo de dos mil trece (2013), emitida por la señora S.M.C., Jefa del Departamento de Oficios del Banco Nacional de Panamá. ADMISIBILIDAD DE LA ACCIÓN CONSTITUCIONAL Luego del sorteo y reparto correspondiente, el Magistrado Sustanciador mediante Providencia de veintidós (22) de mayo de dos mil trece (2013) ordenó la admisión de la presente Demanda de A. por cumplir con los presupuestos procesales para su admisión, requiriendo a la Autoridad demandada un informe acerca de los hechos materia de la Acción constitucional. POSICIÓN DE LA AUTORIDAD DEMANDADA La Autoridad Demandada mediante Oficio N° 2013 (3100-01)09 de treinta (30) de mayo de dos mil trece (2013), en tiempo oportuno dio respuesta a nuestra petición, remitiendo el siguiente informe. "Para dar cumplimiento a dicha solicitud, presentamos el siguiente informe: 1. El día 26 de septiembre del año 2012, el Departamento de Oficios recibió el oficio No.1518/158-06 del 21 de septiembre de 2012, a través del cual se comunicó al banco el embargo decretado a favor de N.F.L.V. contra la British American Insurance Co. Ltd sobre la cuenta bancaria No. 02-71-0028-7 a nombre de British American Insurance Co. Ltd., hasta la concurrencia de Once Mil Setecientos Ochenta y Dos Balboas con 50/100 (B/.11,682.50). 2. A través de la nota No. 12 (20230-01)6647 del 27 de septiembre de 2012, respondimos el oficio No. 1518/158-06 del 21 de septiembre del 2012, al juzgado Decimosexto de Circuito del Primer Circuito Judicial de Panamá, que manteníamos retenida a disposición de ese despacho la suma de Once Mil Seiscientos Ochenta y Dos Balboas con 50/100 (B/.11,682.50) depositados en la cuenta corriente N° 1000011317, registrada anteriormente con el No.02-71-0028-7 a nombre de la empresa British American Insurance Co, Ltd., recibida en ese Tribunal el 1 de octubre del 2012. 3. El Licenciado M. De León Peñalba, en su condición de C. de la Quiebra de British American Insurance Co. Ltd., presentó ante la sucursal Casa Matriz del Banco Nacional de Panamá, la nota de fecha 25 de octubre del 2012, mediante la cual informó que en la cuenta corriente No. 10000011317 a nombre de British American Insurance Company, Ltd. habíamos retenido la suma de Once Mil Seiscientos Ochenta y Dos Balboas con 50/100 (B/.11,682.50) a pesar de que los fondos depositados en dicha cuenta formaban parte de la masa de acreedores de la quiebra promovida contra la British Ammerican Insurance Company, Ltd. 4. En virtud de lo comunicado por el Licenciado M. De León Peñalba se solicitó a la Gerencia Ejecutiva de Control Interno se realizaran las investigaciones necesarias a fin de verificar los hechos señalados por el Licenciado De León Peñalba. Es así que la Gerencia Ejecutiva de Control Interno, mediante el Informe Especial No.2012(98000-04)65 del 31 de octubre del 2012, recomendó: · Levantar la medida de restricción de los Once Mil Seiscientos Ochenta y Dos Balboas con 50/100...

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