Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 8 de Noviembre de 2013

PonenteJosé Eduardo Ayu Prado Canals
Fecha de Resolución 8 de Noviembre de 2013
EmisorPleno

VISTOS: La firma forense G., A. &L., actuando en nombre y representación de Editorial por la Democracia, S.A., interpuso acción de Hábeas Data contra el Director Nacional de Titulación de la Autoridad Nacional de Administración de Tierras, C.D.. La información requerida a la autoridad demandada a través de nota de 19 de marzo de 2013 (Fs.7-8), recibida para esa misma fecha por el Centro de Atención de la Dirección Nacional de Titulación y Regularización de la Autoridad Nacional de Administración de Tierras, consiste específicamente en "copias del expediente completo y detalles del proceso actual de adjudicación de tierras en Isla Gobernadora en Veraguas solicitadas por el señor R.D.T.". Señala la petente que queda habilitada para promover la presente acción de Hábeas Data, para que se ordene el suministro formal, toda vez que la entidad demandada no ha proporcionado la información de acceso público y libre solicitada, dentro de los treinta (30) días calendario que establece el artículo 7 de la Ley 6 de 2002. En esta etapa de admisibilidad de la citada Acción de Hábeas Data, se hace necesario verificar si se cumplen los requisitos formales establecidos al efecto por la ley y la jurisprudencia. Esta institución de garantía permite a cualquier persona que lo solicite, el acceso a fuentes de información de carácter público, cuando el funcionario público responsable de brindar los datos requeridos no los haya suministrado o si los hubiese entregado de manera insuficiente o en forma incompleta. Expresa el libelo que Editorial por la Democracia es una empresa "que tiene como actividad principal la publicación, distribución y venta de los diarios La Prensa y Mi Diario en el Territorio Nacional" y que, en ejercicio de su actividad, formalizó la solicitud reseñada. Cursa a la foja 6 del dossier Certificación del Registro Público, de la cual se desprende que la representación legal de Editorial por la Democracia, S.A. recae en la persona del poderdante L.N.. No obstante, se aprecia que el...

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