Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 15 de Marzo de 2013

PonenteHarley J. Mitchell D.
Fecha de Resolución15 de Marzo de 2013
EmisorPleno

VISTOS: El Licenciado F.M.G. ha promovido acción de amparo de garantías fundamentales, como mandante de la señora M.C.G.S., en contra del memorando N° DDP-R.H. 28/2011 de 15 de abril de 2011, expedido por la Jefa de la Oficina Institucional de Recursos Humanos de la Defensoría del Pueblo. En esta etapa procesal le corresponde a esta Superioridad determinar si el libelo in examine cumple con los requisitos contemplados para su admisibilidad. Para tales efectos, observamos que la acción fue propuesta contra el memorando N°DDP-R.H. 28/2011 de 15 de abril de 2011, emitido por la Jefa de la Oficina Institucional de Recursos Humanos de la Defensoría del Pueblo, mediante el cual se notificó el traslado a la señora G.S. de la oficina principal de la Defensoría del Pueblo a la sede Regional del distrito de La Chorrera, por necesidad del servicio, a partir del lunes 28 de abril del presente. En ese sentido, el activador constitucional adujo como norma conculcada el artículo 32 constitucional que contempla la garantía del debido proceso, toda vez que el recurso de reconsideración incoado contra el memorando acusado fue resuelto por la Defensora del Pueblo, señora Patria Portugal, sin que tuviera competencia funcional para ello, al tratarse de un recurso horizontal, decisión ésta que mantuvo el acto demandado y fue notificada por la Jefa de la Oficina Institucional de Recursos Humanos de la Defensoría del Pueblo, Licenciada A.S., con el memorando DDP. R.H 45/2011 de 29 de abril de 2011. De otro modo, precisó que el acto de traslado de su poderdante es ilegal puesto que se han desconocido las disposiciones legales que rigen las figuras de la movilidad laboral y del traslado, atendiendo a que se ha pretendido aplicar las mismas, aún cuando la entidad no cuenta con un reglamento interno válido, porque no se ha cumplido con el requisito de la publicidad en la Gaceta Oficial. También puntualizó, que el acto demandado le causa un desmejoramiento laboral y graves perjuicios económicos a su mandante. Así, igualmente afirmó que el traslado es ilegal, arbitrario y lesivo a los derechos que le asisten como servidora pública. En ocasión de lo expuesto por el accionante, advierte este Máximo Tribunal que la...

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