Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 1 de Marzo de 2012

PonenteHarry Alberto Díaz González
Fecha de Resolución 1 de Marzo de 2012
EmisorPleno

VISTOS: Conoce el Pleno de la Corte Suprema de Justicia de acción de hábeas corpus presentada por el señor R.D.Q. a favor de A.A.J.M., de quien se dice "se encuentra privado de libertad desde el 10 de noviembre de 2011, en la Sub-Estación de Policía de San Francisco de Panamá, por una supuesta orden del Juzgado XIV de Circuito de Panamá, verificado mediante el sistema electrónico PELE POLIS" (fs. 1). Agrega el activador judicial que "su patrocinado se encuentra a órdenes del Director General de la Policía Nacional, y fue detenido ilegalmente por unidades de la Policía utilizando como base para su aprehensión el sistema electrónico llamado Pele Polis" (fs. 1). Señala, además, "que la Constitución establece que nadie será detenido sino en virtud de mandamiento escrito de Autoridad Competente formalidad imprescindible, que este caso no se cumplió, ya que nuestro representado fue verificado mediante dispositivo electrónico no regulado por la Ley nunca se presentó Orden escrita alguna de autoridad para esta detención la cual da ubicada como ilegal e arbitraria" (fs. 1). Finalmente solicita, "se declare ilegal la detención practicada al señor A.J. M. y como quiera que esta obedece a una condena de 24 meses Impuesta por el Juzgado XIV de Circuito de Panamá solicitamos aplicar la Ley más favorable al reo y esta sea reemplazada por días multas y en consecuencia se ordene la inmediata libertad del detenido en las instalación (sic) de la Policía Nacional en Sam (sic) Francisco..."(fs. 2). Librado el mandamiento de ley a cargo del Director General de la Policía Nacional (fs, 5), la autoridad contestó mediante nota DGPN/DAL-376-11 de 16 de noviembre de 2011, indicando que no ordenó la detención de A.A.J.M., así como tampoco lo tiene a sus órdenes debido a que mediante oficios No.3073 y 176 de fechas 12 de octubre de 2009 y 14 de enero de 2011, se ordenó su captura por los delitos de Falsedad y Estafa en perjuicio de M.E.F.R., siendo puesto a órdenes del Director General del Sistema Penitenciario (f. 6). Con vista a la información anterior se libró nuevamente mandamiento de habeas corpus en contra del Director General del Sistema Penitenciario (fs. 11). Autoridad que contestó mediante Nota No.1512 calendada 21 de noviembre de 2011, en la cual indica que "no ordenó la detención de A.A.J.M.,... Si tenemos a nuestra orden al señor....condenado a cumplir la pena de veinticuatro (24) meses y cincuenta (50) días de prisión, por el delito de Estafa en perjuicio...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR