Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 26 de Agosto de 2015
Ponente | Hernán A. De León Batista |
Fecha de Resolución | 26 de Agosto de 2015 |
Emisor | Pleno |
VISTOS:
Cursa ante el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, pendiente de decidir, Acción de Hábeas Data presentada en su propio nombre y representación por G.E.P. YANGÜEZ contra la AUTORIDAD NACIONAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN (ANTAI).
Al sustentar la acción en comentario, PEÑA YANGÜEZ expone haber presentado el día 7 de abril de 2015 ante las oficinas de la AUTORIDAD NACIONAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN (ANTAI), solicitud de información relacionada con el estatus y fecha de pago de las prestaciones laborales a las que por ley tiene derecho, toda vez la oficina institucional de Recursos Humanos no ha gestionado el pago correspondiente a tales prestaciones, luego de su destitución ocurrida el pasado 4 de diciembre de 2014.
Expresa además el postulante que, a pesar de dejar su teléfono de contacto y correo electrónico, en dicha solicitud, a la fecha de la interposición de la presente acción no había recibido la información requerida.
Admitida la acción de Hábeas Data, a través de resolución de veinticinco (25) de mayo de dos mil quince (2015), se solicitó a la Directora General de la AUTORIDAD NACIONAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN (ANTAI), licenciada A.M., un informe en relación a los hechos motivo de la presenta causa. En virtud de ello, el día 1° de junio del año en curso, se recibió por secretaría la respuesta de la mencionada funcionaria, que presenta el tenor siguiente:
PRIMERO: Que el señor G.E.P.Y., mediante nota fechada 7 de abril de 2015, solicitó a la Dirección General de la ANTAI, conocer el estatus y fecha de pago de las prestaciones laborales que le corresponde por haber servicios a esta Institución, por el período comprendido desde el 6 de enero de 2014 hasta el 4 de diciembre de 2014.
SEGUNDO: Que la nota fechada 7 de abril de 2015, por la cual el señor G.E.P.Y. solicita conocer el estatus y fecha de pago de sus prestaciones laborales, fue recibida en la fecha del 7 de abril de 2015, según consta en sello de recibido de la ANTAI.
TERCERO: Que el señor G.E.P.Y., con Cédula de Identidad Personal No.8-274-853 y Seguro Social No.169-9739, fue nombrado en la ANTAI, mediante R. de Personal No.OIRH-06-2014, de seis (6) de enero de dos mil catorce (2014), como DIRECTOR EJECUTIVO INSTITUCIONAL, en la Posición No.059, Código No.0012170, con un salario mensual de tres mil balboas con 00/100 (B/.3,000.00), con fundamento en la partida presupuestaria 1.50.0.1.001.01.01.001, con funciones de...
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