Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 14 de Julio de 2015

PonenteLuis Mario Carrasco M.
Fecha de Resolución14 de Julio de 2015
EmisorPleno

VISTOS: II EL ACTO ATACADO EN SEDE DE AMPARO El Acuerdo atacado, en sede constitucional subjetiva es del tenor siguiente: "...REPUBLICA DE PANAMA ORGANO JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL TERCER DISTRITO JUDICIAL Acuerdo N° 621 (Del 30 de julio de 2014) -Por medio del cual se reemplaza a la Licenciada J.E.C.E., como Juez suplente del Juzgado Primero de Circuito del Ramo Penal de Bocas del Toro, y en su lugar se designa a la Licenciada VIODELDA YANGÜEZ SANTAMARÍA, para conocer proceso por impedimento- En la ciudad de D., siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.), de hoy treinta (30) de julio de dos mil catorce (2014), se reunieron en la Sala de acuerdo los Magistrados que integran el tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial, C.L. De Gracia, C.H.C.G. y A.C.. Abierto el acto la Magistrada Presidenta, Licenciada C.L. De Gracia, expresó que el motivo de la convocatoria era el de someter a consideración la solicitud presentada por la Lcda.. J.E.C.E., quien fue nombrada mediante acuerdo N° 431 del 3 de junio de 2014 como Juez Suplente de la Juez Primera De Circuito del Ramo Penal de Bocas del Toro, para conocer proceso por impedimento, a lo cual la Licenciada J.E.C.E. está solicitando se declare impedida y se nombre otro Juez Suplente para conocer del siguiente proceso: "Proceso Penal seguido a J.L.E.V., R.A.B.P., F. DE LIMA y G.B. por el supuesto delito CONTRA LA VIDA YLA INTEGRIDAD PERSONAL en perjuicio de ELIONIS SANTOS". Es por ello, que esta colegiatura debe acoger la solicitud presentada, reemplazar a la Licenciada J.E.C.E. y en su lugar nombrar un Suplente Especial para que aprehenda el conocimiento del caso concreto. En atención a la solicitud formulada, ACUERDAN: PRIMERO: Reemplazar el nombramiento recaído en la Licenciada J.E.C.E., como Juez suplente Especial de la Licenciada ADMIRALDA MILLER ARAUZ, Juez Primera de circuito del Ramo Penal de Bocas del Toro, dentro del proceso penal ñeque la Juez titular presentó impedimento. SEGUNDO: Nombrar a la Licenciada VIODELDA YÁNGÜEZ SANTAMARÍA, con cédula de identidad personal N° 4-149-838 y seguro social N° 4-149-838, actualmente Secretaria Judicial II del Juzgado Primero A. de la Provincia de Bocas del Toro, para que aprehenda el conocimiento del proceso antes mencionado..." (Cfr. f. 13 y vuelta del cuadernillo de amparo. Las negritas y subrayas son del P.). III EL AMPARO DE DERECHOS FUNDAMENTALES El amparista considera que el acuerdo antes transcrito, viola el debido proceso consagrado en el...

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