Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 2 de Marzo de 2015

PonenteAbel Augusto Zamorano
Fecha de Resolución 2 de Marzo de 2015
EmisorPleno

VISTOS: Ha llegado a conocimiento del Pleno de la Corte Suprema de Justicia, la acción de hábeas data interpuesta por el licenciado K.H.S., contra el Gerente del Banco Nacional de Panamá. Encontrándose el proyecto de decisión en lectura del resto de los Magistrados que integran el Pleno de la Corte, el licenciado H. presentó ante la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia una nueva acción de hábeas data sobre el mismo objeto y dirigida contra la misma autoridad, razón por la cual ambas acciones han sido acumuladas para ser resueltas en una misma decisión. I. PRETENSIÓN DEL ACCIONANTE. De acuerdo a las constancias procesales, el señor K.H., en su condición de Administrador Judicial de la empresa PYCSA, solicitó al Gerente General del Banco Nacional de Panamá, información sobre el saldo actualizado de sus cuentas y adeudos para con el Banco Nacional de Panamá, así como los gravámenes que pesan sobre la empresa que administra, en fechas 11 de mayo de 2006 y 28 de julio de 2009. Indica el accionante que el Banco Nacional de Panamá no ha suministrado la información peticionada a su propio cliente, bajo el pretexto de salvaguadar la obligación del secreto bancario e incumpliendo de esta manera lo estipulado en la Ley, motivo por el cual solicita se le ordene al Gerente General de la entidad bancaria la entrega de la información requerida y además, se le condene al pago de una multa equivalente a dos veces su salario mensual a que hace referencia el artículo 22 de la Ley de Transparencia por obstaculizar información. II. CONTESTACIÓN DEL FUNCIONARIO DEMANDADO. El Subgerente General del Banco Nacional de Panamá, Sr. R.R. rindió informe con relación a este caso, el 26 de marzo de 2007, señalando lo siguiente: "1. Pycsa Panamá, S.A. no mantiene cuentas con el Banco Nacional de Panamá. 2. Adjuntamos certificación que indica el saldo adeudado de la obligación de Pycsa Panamá, S.A. con el Banco Nacional de Panamá. 3. Al Banco Nacional no le consta los gravámenes que pesan sobre la empresa (Pycsa Panamá, S.A.)". No obstante, en respuesta ofrecida al Sr. H. respecto de su petición de 11 de mayo de 2006, el Gerente Ejecutivo de Asesoría Legal del Banco Nacional de Panamá, mediante Nota 06 (0300-01) 24 de 1 de junio de 2006, negó el suministro de la información indicando que por vía de la Acción de Habeas Data Nº 1008-05 de 17 de febrero de 2006, el Pleno de la Corte Suprema de Justicia no concedió la acción promovida contra dicha entidad...

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