Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 11 de Agosto de 2014

PonenteSecundino Mendieta
Fecha de Resolución11 de Agosto de 2014
EmisorPleno

VISTOS: La firma de abogados Ballesteros & Associates Panama Law Office, ha presentado acción de H.C. a favor de J.R.C. contra el Director General del Servicio Nacional de Migración. El sustento de esta pretensión constitucional se centra en que, el documento donde se alega se dio la omisión por parte del recurrente, contenía una pregunta que no se encontraba traducida ni al idioma inglés ni al francés, que es la lengua natural del actor, por tanto, no la comprendía. Incluso, se advierte que de la revisión de dicho documento se logra identificar, que la letra de quien llenó tal declaración no pertenece a la del señor C.. Por tanto, se concluye que la falta que se le atribuye al precitado como motivo para disponer su detención, no fue realizada por él, trayendo como consecuencia que esta medida devenga en ilegal. Señala que uno de los sustentos legales que se utilizaron para ordenar la detención, no se ajusta a la realidad ocurrida con el señor C., toda vez que dicha normativa se refiere a varias declaraciones falsas y no sólo una. Por otro lado, se advierte que el señor C. enfrenta una querella penal, razón por la que no debería salir del territorio nacional, a fin de responder ante el Ministerio Público en las investigaciones correspondientes. Esta situación procesal conlleva a dejar sin efecto la medida de expulsión dispuesta por el Servicio Nacional de Migración. Admitida la acción, la autoridad requerida envió un informe sobre los hechos, así como otras pruebas relativas al proceso que nos ocupa. Señaló que dispuso la detención preventiva del señor C. mediante resolución escrita, y como consecuencia de una investigación sobre su estatus migratorio. Pesquisa que permitió determinar que había mentido en una declaración jurada, respecto al hecho de no haber sido detenido ni condenado por ningún delito, aún cuando fue declarado culpable y condenado en los Estados Unidos de América. Situación que a su vez condujo a cancelarle el Permiso de Residente Permanente Bajo Solvencia Económica Propia por Inversión de Bienes Inmuebles y, expulsarlo del territorio nacional. Razón ésta por la que se advierte que el actor no se encuentra a sus órdenes, dado que el mismo fue expulsado el día 14 de junio de 2014. Consideraciones y decisión del Pleno: Expuestos los hechos que sustentan la acción que nos ocupa, se arriba a la clara conclusión que nos encontramos frente a una acción de H.C. con particularidades especiales y poco comunes en cuanto a este tipo...

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