Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 4 de Abril de 2016

PonenteCecilio Cedalise Riquelme
Fecha de Resolución 4 de Abril de 2016
EmisorPleno

VISTOS: Conoce el Pleno de la Corte Suprema de Justicia de la Acción de Hábeas Data presentada por el señor P.E.M., en su propio nombre y representación, contra el Director General de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas. I.- INFORMACIÓN REQUERIDA Y SU FUNDAMENTACIÓN. Señala el accionante en su escrito, que el día 11 de noviembre de 2015, concurrió a la Dirección General de Ingresos con el propósito de obtener una copia del "Informe de Auditoría realizado al Proyecto para la Implementación del Portal Web de la Dirección General de Ingresos", proyecto ejecutado por el Consorcio IDEATI-ARKANOSOFT, y que, han transcurrido más de treinta (30) días calendarios sin que se le haya entregado respuesta alguna. Agrega que, tenía conocimiento que dicha auditoría fue realizada en el Segundo Semestre del año 2014, por el Ministerio de Economía y Finanzas. Expone el accionante que, la información solicitada es de acceso público, conforme lo establecen los artículos 9, 10 y 11 de la Ley 6 de 22 de enero de 2002. Manifiesta además el accionante que, dicho informe sustenta la trasparencia de los procesos de contratación del proyecto, que se encuentra impago hasta la fecha, sin conocer las causas del incumplimiento por parte del Ministerio de Economía y Finanzas, y más puntualmente, por parte de la Dirección General de Ingresos. Finalmente, el accionante adjunta copia del recibido de la solicitud entregada el día 11 de noviembre 2015, a la Dirección General de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas (fs. 2-3 del expediente). II.- INFORME EXPLICATIVO DE CONDUCTA Mediante Nota No. 203-01-0341-DGI, ingresada en la Secretaría de la Corte Suprema de Justicia, el 20 de enero de 2016, el Director General de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas, licenciado P.R.C.C., rinde un informe explicativo, según lo requerido por esta Corporación de Justicia, a través del Magistrado Sustanciador, indicando lo siguiente: 1.- El documento requerido, se trata de un Informe de Auditoría Interna levantado por la Oficina de Auditoría y Fiscalización Interna del Ministerio de Economía y Finanzas en virtud de una solicitud que le hiciera el Departamento de Informática a la mencionada Oficina, sobre dos procesos de adquisición de bienes y servicios, en el cual en adición al CONSORCIO IDEATI-ARKANSOFT, existe información de otro contribuyente. En consecuencia, no puede esta Dirección entregar un Informe en el cual aparece una información de una tercera persona distinta al solicitante ya que el Artículo 722 del C.F. y el Artículo 21 del Decreto Ejecutivo No. 109 de 1970 establecen los principios de reserva y confidencialidad en las actuaciones de los funcionarios de la Dirección General de Ingresos. 2.- Consideramos que dicho documento es de uso interno entre la Oficina de Auditoría y Fiscalización Interna del Ministerio de Economía y Finanzas y la Dirección General de Ingresos. 3.- La Dirección General de Ingresos no fue la entidad que produjo el Informe No. 010-OAyFI-2015, por lo que en todo caso, habría que dirigir esta petición a la Oficina de Auditoría y Fiscalización Interna del Ministerio de Economía y Finanzas. 4. El solicitante en la Acción de Hábeas Data comparece a título personal, mientras que el informe hace referencia al CONSORCIO IDEATI-ARKANSOFT y de otra empresa, en los cuales para los efectos de esta Acción de Hábeas Data, el señor P.E.M. no ha demostrado ostentar su representación legal. III.- CONSIDERACIONES DEL PLENO. Conocidos los fundamentos de hecho y de derecho que respaldan la Acción de Hábeas Data promovida por el señor P.E.M., así como el Informe de Conducta elaborado por la Autoridad demandada, corresponde al Pleno de la Corte analizar y decidir la acción bajo estudio. La acción de habeas data constituye un mecanismo procesal destinado, por una parte, a la protección y aseguramiento del derecho a la intimidad, y concretamente del derecho a la privacidad que le asiste a las personas, con respecto a los datos o información personal que le concierne. Asimismo, esta institución permite a toda persona que...

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