Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 4 de Abril de 2016

PonenteOydén Ortega Durán
Fecha de Resolución 4 de Abril de 2016
EmisorPleno

VISTOS: Conoce el Pleno de la Corte Suprema de Justicia la acción de HÁBEAS CORPUS presentada por la licenciada MARÍA CÁCERES a favor del señor E.V.Q. contra la Fiscalía Delegada Especializada en Delitos Relacionados con Droga de la Provincia de Chiriquí y Bocas del Toro. La licenciada MARÍA CÁCERES en el libelo de la demanda indica que su representado el señor E.V.Q. resultó aprehendido el 10 de agosto de 2015, producto de un informe de inspección ocular, según el cual una información vía telefónica señalaba que había un sujeto caminando vía V. a orillas de la carretera como si estuviese buscando algo. En tal sentido, indica que los informes no detallan el lugar exacto donde fue ubicado su representado, sin embargo, explica que unos amigos lo dejaron sobre la vía a la altura del letrero que dice "Bienvenidos a V.". A favor del sindicado señala que el señor E.V.Q. no ha sido investigado anteriormente, además, se le realizó la prueba de ion scan corporal, la cual arrojó resultados negativos. Añade que los testimonios de R.A.A.S. y D.X.B.C. corroboran lo dicho por el procesado en sus descargos. Finalmente, sostiene que en el sumario figura otra persona responsable por la droga a quien se le realizó la prueba de ion scan corporal y dio resultado positivo a la droga conocida como cocaína. De allí que solicita se declare ilegal la detención en contra de E.V.Q. y se ordene su libertad inmediata. Mediante Resolución de fecha treinta (30) de octubre de dos mil quince (2015) se admitió la presente Acción y se procedió a solicitar el informe correspondiente al funcionario acusado. Librado el mandamiento de H.C., la licenciada N.G.F. Especializada en Delitos Relacionados con Droga de la provincia de Chiriquí y Bocas del Toro, al contestar la demanda señaló que es cierto que ordenó la detención preventiva del señor E.V.Q. y que se hizo por escrito mediante resolución motivada, dictada el 13 de agosto de 2015. Entre los motivos que fundamentan la detención preventiva del señor V.Q. la Autoridad describe lo siguiente: "En horas de la noche del día 10 de agosto de 2015, la Sección Antidrogas recibe llamada telefónica anónima, donde pone en conocimiento que el corregimiento de V., próximo a la lechería S.C. sector de Arte Cruz, un vehículo tipo Pick Up, color rojo y vagón negro, había arrojado unas cajas a orillas de la carretera las cuales mantenía cierta cantidad de sustancias ilícitas y que otro vehículo tipo Pick Up, color blanco cabina sencilla, dejó a orillas de la carretera a un sujeto delgado, quien vestía pantalón corto color chocolate, suéter negro y una gorra, que caminaba con dirección a la comunidad de V., específicamente hacia el área donde soltaron las presuntas cajetas. Se procedió a coordinar con la Policía Nacional de V., para que procediera a verificar la información obtenida. Consta informe de novedad procedente de la Sección Antidrogas de Chiriquí, donde procedieron a verificar la información. Una vez ubicados en el lugar, logran encontrarse con las unidades de la Policía de V., quienes habían aprehendido a los ciudadanos E.O.C.M. y E.V.Q., por lo que procedieron a realizar un recorrido por el lugar logrando observar a unos 300 metros aproximadamente sobre una cuneta, a mano derecha con dirección al sector de Arte Cruz, hacia el corregimiento de V., una cajeta desbaratada y al lado de ella cierta cantidad de paquetes rectangulares de regular tamaño, que se presumía fuesen sustancias ilícitas, luego a unos 75 metros aproximadamente, se logra ubicar sobre la cuneta a orilla de la carretera con dirección al sector de Arte Cruz, hacia el corregimiento de V..(sic) Este...

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