Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 2 de Mayo de 2017

PonenteAbel Augusto Zamorano
Fecha de Resolución 2 de Mayo de 2017
EmisorPleno

VISTOS:

La Acción de H.C. fue interpuesta el día 26 de enero de 2017, ante la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia y acogida mediante Providencia calendada 27 de enero de 2017, en la cual se libra mandamiento contra la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia, siendo contestado por el Magistrado J.M. mediante Oficio 073-SP-2017 de 30 de enero de 2017, en los siguientes términos:

"1. No es cierto que la Sala Segunda de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia, hubiese ordenado la detención de las señoras M.D.P.A.M. y MARIA DEL CARMEN GARCIA ALEMAN. En el proceso penal consta que respecto de M.D.P.A.M. la orden fue emitida el 30 de enero de 2010, por la Personería Municipal del Distrito de La Chorrera; y en cuanto a M.D.C.G.A., la orden fue emitida el 12 de mayo de 2010, por la Fiscalía Cuarta Superior del Primer Distrito Judicial.

2. No emitimos la orden de detención, pero las razones se encuentran expuestas en las Providencias de 30 de enero de 2010 (folio 70 a 80) y de 12 de mayo de 2010 (fs. 223-229), antes mencionadas.

3. En el expediente no consta Oficio de Filiación de las detenidas a órdenes de la Sala Penal.

Es importante destacar que el 27 de enero de 2017, la Sala Penal dictó una Resolución en la cual se ordena poner en libertad el día domingo 29 de enero de 2017, a M.D.P.A.M., fecha en la que cumpliría los siete años de prisión a que fue condenada, por encontrarse privada de su libertad desde el 29 de enero de 2010.

En cuanto a M.D.C.G.A., como quiera que ésta no ha cumplido la pena que dio origen al recurso de apelación, su situación jurídica depende de la decisión que tome la Sala respecto al proyecto que se puso a circular el 27 de enero de 2017." (ver fs.31 a 33)

FUNDAMENTOS DE LA DEMANDA

La Licenciada M.R.M., en su condición de Defensora Pública, sostiene que la pena impuesta por el Segundo Tribunal de siete (7) años de prisión fue apelada por la Fiscalía Cuarta Superior, hoy Fiscalía de Descarga y el expediente enviado a la Sala Penal de la Corte, mediante Oficio N°2503 de 24 de julio de 2016, está registrado en la Sala Penal con el N°259-16 S-A; apelación que actualmente se encuentra para resolver en el despacho del Magistrado J.M..

Considera que a sus representadas M.D.C.G. ALEMÁN y MARÍA DEL P.A.M., les asiste el derecho a solicitar una libertad vigilada, ya que cumplen con todos los requisitos, por haber cumplido más de la dos terceras partes de la pena impuesta, estima que se trata de detención provisional porque la Sentencia definitiva no ha sido dictada aún, con lo cual, se vulnera el principio de justicia en el tiempo razonable.

Explica que sus defendidas se encuentran en un limbo jurídico, que les...

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