Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 30 de Agosto de 2017

PonenteAbel Augusto Zamorano
Fecha de Resolución30 de Agosto de 2017
EmisorPleno

VISTOS:

El Pleno de la Corte Suprema de Justicia conoce de la Acción de Amparo de Garantías Constitucionales interpuesta por el Licenciado A.P., en nombre y representación de C.N.G. ESPINOSA contra la Resolución Administrativa No.308-2015 de 4 de mayo de 2015, emitida por el Administrador de la Autoridad Marítima de Panamá.

La Resolución atacada vía A. de Garantías Constitucionales, dictada por el Administrador de la Autoridad Marítima de Panamá, resuelve lo siguiente:

"ARTÍCULO PRIMERO: Destituir al señor (a) C.N.G.E., con cédula de identidad personal No.4-132-539 seguro social No.4-132-539, quien ocupa según estructura el cargo de Asistente Administrativo en la Dirección de Finanzas en la posición No.357 y salario mensual de Tres Mil Balboas (B/.3,000.00).

ARTÍCULO SEGUNDO: La presente Resolución comenzará a regir a partir de la notificación.

ARTÍCULO TERCERO: Contra esta Resolución procede el Recurso de Reconsideración ante el Administrador de la Autoridad Marítima de Panamá dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación.

FUNDAMENTAO (sic) LEGAL: Numeral 7 del Artículo 27 del Decreto Ley No.7 de 10 de febrero de 1998, modificado por el Artículo 186, numeral9 de la Ley 57 de 06 de agosto de 2008." (ver fs.6)

Al examinar el escrito de la demanda de Amparo, a fin de determinar si concurren los presupuestos necesarios para su admisibilidad, esta Corporación de Justicia advierte que, el gestor constitucional alega que el acto impugnado ha causado una grave afectación a la unidad familiar del amparista violando de manera directa por omisión los artículos 17,19, 32, 74 y 300 de la Constitución Política de la República de Panamá, que a su juicio resulta contraria a la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia en la que se ha referido a la estabilidad laboral de las personas con discapacidad.

En el sustento de la violación de dichas normas de rango constitucional, el apoderado judicial señaló, entre sus argumentos, que la destitución dispuesta contra el señor C.N.G. ESPINOSA como Asistente Administrativo en la Dirección de Finanzas en la AUTORIDAD MARÍTIMA DE PANAMÁ (AMP) con salario de B/.3,000.00, y quien laboraba en forma ininterrumpida desde el 9 de noviembre de 2010 hasta el 5 de mayo de 2015, fecha en que donde fue notificado, es un acto ilegal que ha sido emitido sin causa legal justificada, pues desconoce que dada la condición de discapacitado con enfermedades crónicas se encuentra amparado por un régimen especial de estabilidad laboral, derivado de las normas legales, constitucionales y...

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