Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 26 de Enero de 2018

PonenteAngela Russo de Cedeño
Fecha de Resolución26 de Enero de 2018
EmisorPleno

VISTOS:

Ha ingresado al Pleno de la Corte Suprema de Justicia, la Acción de Amparo de Garantías Fundamentales interpuesta por la licenciada A.A.G., actuando en nombre y representación de F.W.S., contra la Nota N° DM-1978-2017 de 24 de noviembre de 2017, dictada por el Ministro de Mi Ambiente .

Una vez asignado el presente negocio mediante reglas de reparto, corresponde a este máximo Tribunal de Justicia verificar si la demanda propuesta cumple con los presupuestos de admisibilidad.

  1. ACTO IMPUGNADO

    El acto atacado por vía de amparo consiste en la nota de fecha 24 de noviembre de 2017, proferida por el Ministro de Ambiente E.S., la cual indica lo siguiente:

    "Estimado Sr. Wing:

    Como es de su conocimiento, las tareas del S. General de MiAmbiente se encuentran enunciadas en el Manuel Único de Clasificación de Puestos vigente. Estas tareas incluyen realizar trabajos relacionados con la atención, tramitación, coordinación, supervisión y el asesoramiento en asuntos técnicos y administrativos de los programas y actividades que se desarrollan en la institución y servir de enlace entre el Despacho Superior y las demás direcciones.

    Este cargo, según la Ley 9 de 1994, que regula la Carrera Administrativa, se encuentra definida como de libre nombramiento y remoción, es decir, aquellos adscritos a los servidores públicos que no forman parte de ninguna carrera y que, por la naturaleza de su función están sujeto a que su nombramiento esté fundamentado en la confianza de sus superiores y que la pérdida de dicha confianza acarrea la remoción del puesto que ocupan.

    En virtud de los insultos y lamentables acontecimientos registrados las últimas semanas, incluyendo durante el tiempo de su permiso y vacaciones, que no corresponden al actuar de una persona que ostenta el cargo de S. General, me vi en la necesidad de intervenir responsablemente en este asunto salvaguardando la imagen institucional de este Ministerio.

    Por lo anterior, me veo obligado a solicitarle que presente inmediatamente su renuncia al cargo que ostenta, toda vez que he perdido la confianza en el ejercicio de sus funciones, en virtud de sus últimas actuaciones".

  2. FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN

    Señala la activadora constitucional que el acto impugnado ordena la renuncia de su patrocinado, en desconocimiento de sus derechos humanos a la libertad de oficio, al trabajo, al ejercicio adecuado de la función pública y al debido proceso.

    Indica que en el caso que nos ocupa, la gravedad e inminencia del daño causado es más que evidente, por cuanto el acto atacado pretende impedirle a su representado continuar ejerciendo adecuadamente su función pública, sin que exista causa leal para ello, sin cumplir con el debido proceso y sin darle derecho a defenderse. Esto coloca a su cliente en una situación muy precaria y debilita significativamente la institucionalidad ambiental de la que forma parte, la cual, al no poder cumplir con el fin de tutelar los derechos humanos a un ambiente sano y al desarrollo sostenible, pone a su vez al ambiente en un grave estado de indefensión.

    Alega vulnerado los artículos 32, 40, 64 y 302 de la Constitución Política de la República de Panamá

    Solicita se conceda la presente acción de amparo, y en consecuencia se revoque la orden de renuncia contenida en la nota DM-1978-2017 de 24 de noviembre de 2017.

    P. además que se suspenda inmediatamente la ejecución del acto impugnado hasta tanto se resuelva la presente acción constitucional.

    CONSIDERACIÓN Y DECISIÓN DEL PLENO

    Corresponde en esta etapa...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR