Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 21 de Diciembre de 2018

PonenteOydén Ortega Durán
Fecha de Resolución21 de Diciembre de 2018
EmisorPleno

VISTOS:

El Mgtr. S.Q.P., actuando en nombre y representación del Centro de Cirugía Ambulatoria Paitilla S., ha interpuesto ante el Pleno de esta Corporación de Justicia, Acción de A. de Garantías Constitucionales contra el Auto 099-JCD-16-2018 de 20 de marzo de 2018 emitido por la Junta de Conciliación y Decisión N°16 de la Provincia de Panamá.

FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN DE AMPARO

El promotor de la Acción Constitucional indicó que el día 5 de marzo de 2018, se celebró audiencia ante la Junta de Conciliación y Decisión N°16, con el fin de resolver una Demanda Laboral por despido injustificado, interpuesta por SELLECA ELAISHA TEJEIRA DE DE GRACIA en contra de la empresa CENTRO DE CIRUGÍA AMBULATORIA PAITILLA, S.

Explicó el Activador Constitucional que "La Junta de Conciliación y Decisión del Ministerio de Trabajo, sin mediar sentencia, el día 5 de marzo de 2018, notificó la decisión de declarar Injustificado el despido de la trabajadora SELLECA ELAISHA TEJEIRA DE DE GRACIA y a su vez CONDENA a la empresa CENTRO DE CIRUGÍA AMBULATORIA PAITILLA, S., a pagar la suma de Seis Mil Trescientos Cuarenta Balboas con 90/100. (B/.6,340.90)."

Agregó el Amparista que el día 6 de marzo de 2018, presentó formal anuncio de Recurso de Apelación en contra de la Resolución de 5 de marzo de 2018 y el día 7 de marzo de 2018, en tiempo oportuno, intentó presentar ante la Junta de Conciliación y Decisión formal sustentación del Recurso de apelación anunciado y la Junta se negó a recibir.

Continuó manifestando el Recurrente que el día 26 de marzo de 2018, fueron notificados de la Sentencia N°19-PJCD/16-2018 de 18 de marzo de 2018, mediante la cual la Junta de Conciliación y Decisión se pronunció de manera formal con una sentencia completa y motivada en la cual resolvió declarar injustificado el despido de la trabajadora SELLECA ELAISHA TEJEIRA DE DE GRACIA y a su vez condenó a la empresa CENTRO DE CIRUGÍA AMBULATORIA PAITILLA, S. a pagar la suma de B/.6,340.90. Indicó que contra dicha decisión presentaron nuevamente formal anunció de apelación y sustentación del Recurso, el cual la Junta se negó a recibir.

El Accionante fundamentó la Acción de A., en que se cometió una violación del artículo 32 de la Constitución Política, relacionada con el debido Proceso, al negar la Junta de Conciliación y Decisión del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, a través del Auto 099-JCD-16-2018 de 20 de marzo de 2018, el Recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia...

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