Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 25 de Julio de 2019

PonenteHarry Alberto Díaz González
Fecha de Resolución25 de Julio de 2019
EmisorPleno

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

Sala: Pleno

Ponente: Harry Alberto Díaz González

Fecha: 25 de julio de 2019

Materia: Hábeas Corpus

Primera instancia

Expediente: 585-19

VISTOS:

Pendiente de resolver se encuentra la Acción de Hábeas Corpus promovida por el licenciado J.C., apoderado judicial del señor R.A.S.P., contra el Servicio Nacional de Migración.

El licenciado C., endereza la acción contra la orden de detención provisional emitida mediante Resolución de Detención N°11149 de 30 de mayo de 2019, por el Servicio Nacional de Migración.

Explica, que su representado fue detenido en ruta de Colón hacia Panamá por un retén el día 20 de mayo del presente año, que a solicitud de los agentes policiales mostró su pasaporte y que luego que este fue verificado por las unidades, fue puesto a disposición del Servicio Nacional de Migración quienes revisaron su estatus migratorio y profirieron su orden de detención y expulsión.

Manifiesta, que la fundamentación legal para la expulsión del señor S.P. es el artículo 71 numeral 4 del Decreto Ley N°3 de 22 de febrero de 2008, donde está establecido que el Servicio Nacional de Migración podrá expulsar a extranjero que "Sea una amenaza para la seguridad colectiva, salubridad o el orden público"; no obstante, considera que esto es contrario a las garantías fundamentales de su patrocinado, ya que no se le explica el motivo real y específico por el cual se ordenó su detención y expulsión, dejándolo en estado de indefensión e irrespetando su presunción de inocencia.

Culmina el accionante cuestionando la actuación del Servicio Nacional de Migración, ya que a su juicio, el señor S.P. fue detenido fuera de lo que prescribe nuestro ordenamiento jurídico, quienes no han podido acreditar de qué forma éste violó la ley, sino que cuenta con meras especulaciones insertas en la resolución de expulsión; por lo que solicita se ordene la inmediata libertad del señor R.A.S.P..

Librado el mandamiento, el licenciado M.L.C., otrora Director del Servicio Nacional de Migración, remitió nota de fecha 18 de junio de 2019 (fs. 14-16), donde expone que ordenó la detención del señor R.A.S.P., mediante Resolución de Detención No.050-RC-INV-19 de 18 de mayo de 2019, con fundamento de derecho en los artículos 6 numerales 4 y 18, y artículo 71 numeral 2, la cual fue debidamente notificada y se basó en los siguientes motivos de hecho y derecho:

Mediante Informe de Novedad suministrado por personal del Servicio Nacional Aeronaval...

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