Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 1 de Junio de 2020

PonenteLuis Ramón Fábrega Sánchez
Fecha de Resolución 1 de Junio de 2020
EmisorPleno

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

Sala: Pleno

Ponente: Luis Ramón Fábrega Sánchez

Fecha: 01 de junio de 2020

Materia: A. de Garantías Constitucionales

Primera instancia

Expediente: 1142-19

VISTOS:

El Licenciado R.F., actuando en nombre y representación de la Sociedad Tankers Caribbean International, Inc., ha presentado Acción de A. de Garantías Constitucionales, contra el Auto No. 172 de fecha 28 de octubre de 2019, emitido por el Primer Tribunal Marítimo de Panamá.

El acto impugnable, es decir, el Auto No. 172 de fecha 28 de octubre de 2019, emitido por el Primer Tribunal Marítimo de Panamá, visible a foja 11 y 12 del presente expediente resolvió lo siguiente:

... RESUELVE:

PRIMERO: ORDENAR la VENTA JUDICIAL de la M/N CHAGUY 1 nave de bandera de Togo, con número de IMO 8014186, previo avaluó realizado por perito idóneo.

SEGUNDO: DETERMINAR, mediante el avalúo pericial señalado en el párrafo anterior, las generalidades y condiciones particulres del buque, así como el valor de mercado internacional de la M/N CHAGUY 1.

TERCERO: ORDENAR que, antes de que el remate judicial se realice, se incorpore al expediente por parte de nuestro departamento de Contabilidad, un informe contable donde conste el monto de los gastos del secuestro en los que se ha incurrido hasta la fecha, más una proyección provisional de los gastos en los que posiblemente se incurrirá hasta la finalización del procedimiento de venta.

CUARTO: DESIGNAR a JOHELL EDOARDO ADAMES DE GRACIA, con cédula de identidad personal 8-750-1841, Ingeniero Naval, como perito avaluador de la M/N CHAGUY 1 nave de bandera de Togo, con número de IMO 8014186.

QUINTO: CONCEDER al ingeniero ADAMES un término de diez (10) días calendario para la presentación de su informe de inspección y avalúo de la nave una vez tome posesión del cargo. ...

El amparista fundamenta los hechos de la acción y sostiene lo siguiente:

"...PRIMERO: El día 27 de septiembre de 2019, la compañía SEA & LAND FUELS, S.A., a través de sus apoderados judiciales, interpone ante el PRIMER TRIBUNAL MARITIMO DE PANAMÁ, demanda en contra de TANKERS CARIBBEAN INTERNATIONAL, INC., por la suma de B/.1,587,760.00 más intereses, costas legales y gastos generados por dicho proceso; en donde se solicitó y obtuvo el secuestro sobre la M/N "CHAGUY I", con bandera de Togo y número IMO 8014186.

SEGUNDO

En la fecha 25 de octubre de 2019, nuestra representada comparece al proceso constestando en tiempo oportuno la demanda y se opone a las pretensiones de la demandante; constituyéndose desde ese momento como parte dentro del proceso de marras.

TERCERO

El día 28 de octubre de 2019, la Jueza del Primer Tribunal Marítimo de Panamá, emite el Auto No. 172, fechado ese mismo día, a través del cual ordena la venta judicial de la M/N "CHAGUY I".

CUARTO

Dicha resolución, contraría una serie de artículos de la Ley 8 de 30 de marzo de 1982, que crea los Tribunales Marítimos y dicta normas de Procedimiento Marítimo, con las modificaciones, adiciones y suspensiones adopatadas por las leyes 11 de 23 de mayo de 1986 y 12 de 23 de enero de 2009 (en adelante C.P.M.), a saber:

1) La misma empezó a tener...

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