Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 9 de Marzo de 2020

PonenteCarlos Alberto Vásquez Reyes
Fecha de Resolución 9 de Marzo de 2020
EmisorPleno

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

Sala: Pleno

Ponente: Carlos Alberto Vásquez Reyes

Fecha: 09 de marzo de 2020

Materia: H.C.

Primera instancia

Expediente: 33-2020

VISTOS:

El Licenciado A.G.B., en representación de A.E.P. DOMADOR, presentó ante el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, acción de H.C., contra la posible extradición solicitada por la República de Ecuador.

La acción de H.C. fue interpuesta contra el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Panamá, el día 16 de enero del 2020, en la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia y acogida mediante Providencia calendada 17 de enero del 2020, en la cual se libra mandamiento contra el Ministerio de Relaciones Exteriores.

  1. ARGUMENTOS DEL ACCIONANTE

    En la iniciativa constitucional ensayada se argumenta en síntesis, que el señor A.E.P. DOMADOR fue aprehendido por agentes de la Fiscalía de Asuntos Internacionales e INTERPOL, el día 15 de noviembre del 2016, con motivo de una solicitud de extradición interpuesta por el Gobierno de la República de Ecuador.

    Señala que el día 18 de noviembre del 2016, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia declaró legal la aprehensión de su defendido, concediéndole el término de 60 días al Ministerio Público para que aportaran la documentación que sustentaba la solicitud de extradición, sin embargo, el 27 de enero del 2017, por la falta de la documentación requerida, los Magistrados de la Sala, concedieron a su representado fianza de excarcelación y la imposición de las medidas cautelares personales consistentes en firmar los lunes y viernes de cada semana ante la autoridad competente, e impedimento de salida del país (fs. 2-3).

    Sigue señalando el letrado que mediante Resolución Ministerial N°353 fechada 15 de marzo del 2017, el Ministerio de Relaciones Exteriores dispuso acceder a la solicitud de extradición peticionada por el Gobierno Ecuatoriano; sin embargo, fue detenido el 14 de agosto del 2017, por agentes de la Fiscalía Contra el Crimen Organizado, se le recibió declaración indagatoria tal como se estableció en la Diligencia fechada 13 de junio del 2017, y fue trasladado posteriormente al Centro Penitenciario La Joya. Que luego de lo anterior, solicitó fianza de excarcelación, que fue negada por el Juzgado Décimo Octavo de Circuito Penal, no obstante, el Segundo Tribunal Superior, en alzada, revocó dicha decisión y a través de resolución fechada 3 de octubre del 2017, le concedió el beneficio solicitado.

    Arguye el abogado defensor que, el 17 de agosto del 2017, presentó solicitud de negación del Proceso de Extradición, no obstante, el Ministerio de Relaciones Exteriores, de forma verbal le indicó que "no encuentra forma de poder explicarles al Gobierno de Ecuador, que no pueden enviarle a la persona requerida, toda vez que a la misma se le abrió un proceso penal en la República de Panamá, y lo que es peor, proceso por el que estuvo privado de libertad más de 2 meses en el Centro Penitenciario 'La Joya' y por el cual fue condenado en la República de Ecuador".

    Aclara que presentó acción de hábeas corpus contra "el Ministerio de Relaciones Exteriores y contra la Fiscalía Segunda Contra el Crimen Organizado"; considerando que el Órgano Ejecutivo viola los derechos de su defendido, porque el artículo 518 establece cuáles son las causales para negar el proceso de extradición, o al menos diferirla hasta tanto culmine el proceso existente en Panamá, por delito Contra la Economía Nacional, en la modalidad de Blanqueo de Capitales, el cual se encuentra...

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