Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 11 de Junio de 2020

PonenteHernán A. De León Batista
Fecha de Resolución11 de Junio de 2020
EmisorPleno

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

Sala: Pleno

Ponente: H.A. De León Batista

Fecha: 11 de junio de 2020

Materia: Hábeas Data

Primera instancia

Expediente: 1219-19(1146522019)

Vistos:

El Licenciado EDWIN A.M.D. actuando en nombre y representación de J.C., interpuso acción de Hábeas Data contra el Ministerio de Desarrollo Social.

Señala el letrado que, su poderdante J.C. solicitó por escrito a M.C.J. en calidad de Ministra y Representante Legal del Ministerio de Desarrollo Social,el día 30 de septiembre de 2019, copias autenticadas del expediente administrativo y de personal producto del servicio que desempeñó entre el 2 de julio de 2014 hasta el 28 de junio de 2019 en el Ministerio de Desarrollo Social.

Indicó que a la fecha de la presentación de la acción de Habeas Data (6 diciembre de 2019) habían transcurrido más de treinta (30) días calendario desde que su representado J.C. dirigió la solicitud a la Ministra de Desarrollo Social sin que dicha funcionaria le haya contestado por escrito o entregado lo solicitado a su representado.

Por estas consideraciones, estima que, la funcionaria antes mencionada es la titular o responsable del registro o archivo de datos en el que se encuentra la información o dato personal de su representado y no la ha suministrado en el término establecido en el artículo 7, de la Ley 6 de 22 de enero de 2002 que dicta normas para la transparencia en la gestión pública, establece la acción de Habeas Data y dicta otras disposiciones. Además solicita se le aplique el desacato y se le sancione con multa mínima equivalente al doble del salario mensual que devenga, según el artículo 20 de la misma ley.

Adjunto a la solicitud objeto de estudio, se presentó escrito con sello original de la solicitud de copias autenticadas, dirigida a la Ministra de Desarrollo Social, recibida en dicha institución el día 30 de septiembre de 2019 (foja 3).

Por medio de la resolución de fecha 14 de enero 2020, se admitió la acción de Habeas Data interpuesta por el Licenciado E.A.M. contra el Ministerio de Desarrollo Social y en consecuencia se solicitó a la autoridad demandada que remitiera un informe acerca de los hechos señalados por el solicitante.

· Informe Rendido por el Funcionario Demandado.

Luego del requerimiento, mediante Nota No. 051-DM/DAL-2019 del 16 de enero de 2020 la Ministra de Desarrollo Social, M.C.J., señaló lo siguiente:

· ...Que de acuerdo a lo que establece el oficio SGP-115-2020, el señor J.C.C.S., presentó...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR