Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 11 de Septiembre de 2020

PonenteOlmedo Arrocha Osorio
Fecha de Resolución11 de Septiembre de 2020
EmisorPleno

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

Sala: Pleno

Ponente: Olmedo Arrocha Osorio

Fecha: 11 de septiembre de 2020

Materia: H.C.

Primera instancia

Expediente: 447-20

VISTOS:

Conoce el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, de la acción de H.C. Correctivo presentado por la licenciada S.I.B.N. a favor del señor A.B. y en contra de la Dirección General del Sistema Penitenciario.

ANTECEDENTES

La licenciada S.I.B.N., solicitó ante el Sistema Penal Acusatorio una audiencia de H.C. a favor del señor A.B., toda vez que el prenombrado se encuentra recluido en el Centro Penitenciario de Chiriquí, pero debe cumplir su pena en un Centro Penitenciario en la Provincia de Panamá. Lo anterior, surge de que el señor A.B. fue procesado por delito de Posesión Ilícita de Arma de Fuego por el Juzgado Decimoséptimo de Circuito Penal del Primer Distrito Judicial y fue condenado a 64 meses de prisión mediante Sentencia de Segunda Instancia N°201 de 12 de diciembre de 2017 emitida por el Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial.

El Tribunal Superior de Apelaciones del Primer Distrito Judicial, mediante Resolución de 19 de julio de 2020, decidió inhibirse y remitirlo al Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial (fjs. 20-21), en virtud que su competencia para conocer H.C. es para la verificación de actos procedentes de autoridades con mando y jurisdicción en las provincias de Panamá, Panamá Oeste, C., D., Comarcas Guna Yala y Emberá-Wounaan y en este caso la autoridad contra la cual se dirige la precitada acción es la Directora del Centro Penitenciario de Chiriquí, por tanto no son competentes para conocerla.

Posteriormente, el Tribunal Superior de Apelaciones del Tercer Distrito Judicial, mediante Resolución del 23 de julio de 2020 (fjs. 23-25), se inhibió del conocimiento de la acción de H.C. y la remitió al Pleno de esta Corporación de Justicia, ya que, si bien la acción fue dirigida en contra la Directora del Sistema Penitenciario de la Provincia de Chiriquí, el señor A.B. se encuentra actualmente detenido a órdenes de la Dirección General del Sistema Penitenciario, por lo cual, al tratarse de un funcionario con mando y jurisdicción en toda la República, compete al Pleno de la Corte Suprema de Justicia.

INFORME DE LA AUTORIDAD DEMANDADA

Acogida la presente acción se libró mandamiento de H.C. contra el Director General del Sistema Penitenciario, quien remitió su informe de conducta mediante Nota MG-DGSP-05419-2020...

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