Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 18 de Enero de 2021

PonenteLuis Ramón Fábrega Sánchez
Fecha de Resolución18 de Enero de 2021
EmisorPleno

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

Sala: Pleno

Ponente: Luis Ramón Fábrega Sánchez

Fecha: 18 de enero de 2021

Materia: Hábeas Corpus

Primera instancia

Expediente: 580-2020

VISTOS:

Conoce la Corte Suprema de Justicia, en Pleno, de la Acción de Hábeas Corpus promovida por el D.P.A.C.S. a favor de J.L.A.N., contra la F.ía Segunda Especializada en Delitos Relacionados con Drogas.

INFORME DE LA AUTORIDAD DEMANDADA

Acogida la acción constitucional, se libró mandamiento de Hábeas Corpus dirigido a la F.ía Segunda Especializada en Delitos Relacionados con Drogas.

Mediante el Oficio No. 147-2020 de 28 de agosto de 2020, suscrito por la Licenciada I.S.G., F. de Circuito Coordinadora, de las F.ías Superiores Especializadas en Delitos Relacionados con Drogas, Sección de Descarga, en relación con la Acción Constitucional promovida a favor deJORGE L.A.N., expuso lo siguiente:

· Tenemos que, luego de consultar nuestra base de datos y archivos, le informamos, que este Despacho de Instrucción, no es el competente para responder a los puntos requeridos, toda vez que, dicho proceso fue derivado hacia la F.ía Regional Especializada en Delitos Relacionados con Drogas de la provincia de Panamá Oeste, el día 2 de julio de 2016 (sic), debido a que los hechos bajo estudio acontecieron en bajo (sic) dicha jurisdicción, por lo tanto, desde la referida fecha éstos asumieron la investigación y culminación del sumario en contra del sindicado J.L.A. NAY.

En atención a lo anterior, mediante la resolución de 1 de septiembre de 2020, el magistrado sustanciador libró un nuevo mandamiento a la F.ía Regional Especializada en Delitos Relacionados con Drogas de Panamá Oeste.

Es por lo cual, mediante el Informe de 3 de septiembre de 2020, suscrito por la Licenciada I.Z.P. De León, F. de Circuito, de la F.ía Delegada Especializada en Delitos Relacionados con Drogas de Panamá Oeste, manifestó lo siguiente:

· "Este despacho de la F.ía Delegada Especializada en Delitos Relacionados con Drogas de Panamá Oeste, no ordeno (sic) la detención de J.L.A.N., puesto que las investigaciones iniciales, preliminares estuvieron a cargo de la F.ía Segunda Especializada en Delitos Relacionados con Drogas de Panamá, donde se originó la causa y la investigación, ordenando así también la indagatoria y detención del señor AROSEMENA NAY, y que de ello consta en el expediente la resolución que ordenó la detención, por el despacho superior de Droga en su momento, por lo cual...

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