Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 12 de Marzo de 2021

PonenteHernán A. De León Batista
Fecha de Resolución12 de Marzo de 2021
EmisorPleno

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

Sala: Pleno

Ponente: H.A. De León Batista

Fecha: 12 de marzo de 2021

Materia: A. de Garantías Constitucionales

Primera instancia

Expediente: 54122021

Vistos:

La licenciada M.M.R.R. actuando en calidad de apoderada especial del señor C.M.M. interpuso acción de amparo de garantías constitucionales contra la ResoluciónNo.15329 de 23 de octubre de 2020, dictada por la Directora General del Servicio Nacional de Migración.

  1. ADMISIBILIDAD DE LA ACCIÓN CONSTITUCIONAL

Con el objeto de decidir sobre la admisibilidad de esta iniciativa constitucional, se procede a examinar si el libelo de amparo cumple con los requisitos de procedibilidad establecidos por la Ley y desarrollados por la jurisprudencia, para la admisión de este tipo de demandas.

Según se desprende de las constancias procesales que se adjuntan al presente cuaderno, el acto objeto de amparo se produce dentro del proceso migratorio de expulsión seguido al señor C.M.M., natural de Colombia, quien fuera declarado penalmente responsable por el delito Contra la Seguridad Colectiva, en perjuicio de la sociedad.

Asimismo, se observa que en el apartado referente a la "MENCIÓN EXPRESA DE LA ORDEN IMPUGNADA" la apoderada judicial del amparista alude a que la misma se encuentra comprendida en la Resolución No.15329 de 23 de octubre de 2020, proferida por el Servicio Nacional de Migración, Ministerio de Seguridad Pública, mediante la cual se ordena la expulsión de su representado C.M.M., con pasaporte No.1079359012.

De la lectura de la parte resolutiva del acto impugnado, podemos advertir que la misma es del tenor literal siguiente:

PRIMERO

CONFIRMAR en todas sus partes la RESOLUCIÓN No.14723, del 09 de octubre de 2020, mediante la cual se ordena la expulsión del ciudadano CLARISON(sic) MORENO MENA, natural de COLOMBIA, varón, mayor de edad, con pasaporte Nº 1079359012, nacido el 07 de octubre de 1983.

SEGUNDO

NOTIFICAR al ciudadano C.M.M., natural de COLOMBIA, varón, mayor de edad, con pasaporte Nº 1079359012, nacido el 07 de octubre de 1983, del contenido de la presente resolución.

Por su parte, manifiesta la apoderada especial del amparista que la resolución recurrida vulnera los artículos 56, 59, 60 y 62 de la Constitución Política.

En el sustento de la violación a dicha normativa de rango constitucional, el activador señaló que la resolución acusada vulnera las garantías fundamentales de su representado, en la medida que...

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