Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 9 de Marzo de 2022

PonenteCarlos Alberto Vásquez Reyes
Fecha de Resolución 9 de Marzo de 2022
EmisorPleno

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

Sala: Pleno

Ponente: Carlos Alberto Vásquez Reyes

Fecha: 09 de marzo de 2022

Materia: A. de Garantías Constitucionales

Primera instancia

Expediente: 111047-2021

VISTOS:

El Pleno de la Corte Suprema de Justicia conoce de la Acción de A. de Garantías Constitucionales, interpuesta por el Licenciado V.M., en representación de N.A.S.A., contra la decisión dictada por el Tribunal Superior de Apelaciones del Segundo Distrito Judicial, en el acto de Audiencia celebrado el 12 de octubre del 2021.

En el Acto atacado el Tribunal Superior de Apelaciones rechazó los recursos de apelación sustentados y confirmó la decisión del A-quo, de negar la libertad vigilada.

· ANTECEDENTES

De los antecedentes expuestos en el escrito de Demanda y en los soportes de audio que acompañan el Expediente, nos podemos percatar que en Audiencia realizada el 21 de septiembre del 2021, el Juez de Garantías de la Provincia de Coclé, validó el Acuerdo de Pena presentado por el Ministerio Público y emitió la Sentencia N°227 de esa misma fecha, declarando penalmente responsable al señor N.A.S.A., por el delito de Actos Libidinosos en perjuicio de su hijastro de 7 años de edad, y lo condenó a la pena de treinta y dos (32) meses de prisión.

Luego de lo anterior, se celebró Audiencia ante el Juez de Cumplimiento el 5 de octubre del 2021, en la que el Abogado Defensor solicitó la aplicación de libertad vigilada por estudios, la cual le fue negada mediante el Auto N°2160 de esa misma fecha, decisión que fue recurrida por la Defensa, mientras que el Ministerio Público apeló por el cómputo de la pena realizado por el Juez.

La Audiencia de alzada se realizó el 12 de octubre del 2021, acto en el cual, los Magistrados del Tribunal Superior de Apelaciones, rechazaron los Recursos de Apelación sustentados y confirmaron la negación del beneficio de libertad vigilada.

  1. ARGUMENTOS DEL AMPARO DE GARANTÍAS

    Señala el Activador de la Iniciativa Constitucional en estudio, que la decisión atacada viola los artículos 103 y 104 del Código Penal, toda vez que estas normas no han sido modificadas, tal como lo manifestó el Tribunal Superior de Apelaciones.

    Agrega la infracción del artículo 32 de la Constitución Política, en cuanto al Debido Proceso y Tutela Judicial Efectiva, toda vez que se han establecido circunstancias que no son acordes a la causa, cuando se indicó que los artículos antes señalados impiden la aplicación del beneficio de Libertad Vigilada.

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