Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 15 de Febrero de 2022

PonenteAngela Russo de Cedeño
Fecha de Resolución15 de Febrero de 2022
EmisorPleno

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

Sala: Pleno

Ponente: A.R. de Cedeño

Fecha: 15 de febrero de 2022

Materia: Hábeas Corpus

Primera instancia

Expediente: 12115-2022

VISTOS

Conoce el Pleno de la Corte Suprema de Justicia la acción de habeas corpus propuesta por el licenciado E.S., a favor de V.A.T.N., contra la Dirección General del Sistema Penitenciario.

ANTECEDENTES

El día 3 de febrero de 2022 el licenciado E.S. presentó ante la Oficina del Sistema Penal Acusatorio de la provincia de Panamá, solicitud de acción de hábeas corpus correctivo a favor del señor V.A.T.N., contra la Dirección General del Sistema Penitenciario.

El Tribunal Superior de Apelaciones del Primer Distrito Judicial de Panamá, mediante resolución del tres (3) de enero (sic) de dos mil veintidós (2021), dispuso inhibirse del conocimiento de la presente acción de hábeas corpus interpuesta a favor del señor V.A.T.N. y, en consecuencia, remitirlo ante el Pleno de la Corte Suprema de Justicia.

SUSTANCIACIÓN

Mediante proveído de fecha de siete (7) de febrero de dos mil veintidós (2022), se admitió la acción de hábeas corpus, de manera que ese mismo día, se procedió a solicitar el informe correspondiente a la Autoridad demandada.

Así, consta que mediante la Nota No. 075-DGSP-DAL de siete (7) de febrero de dos mil veintidós (2022), la Autoridad demandada indicó al Pleno de la Corte Suprema de Justicia, en función de Tribunal Constitucional lo siguiente:

1. ...

Esta Dirección no ha ordenado ninguna medida provisional contra el señor V.A.T.N., toda vez que no somos la entidad correspondiente de ordenar la detención preventiva de los detenidos, ya que estamos fundamentados en los principios de seguridad, rehabilitación y defensa social.

2. ...

Los motivos o fundamentos son desconocidos, en virtud de que no ordenamos la detención del precitado.

3. ...

Esta Dirección no tiene bajo custodia ni a sus órdenes al señor V.A.T.N., toda vez que mediante Oficio N° 2323 de 02 de febrero de 2022, el Juzgado de Cumplimiento del Primer Circuito Judicial de Panamá, sustituyó la pena de prisión por Prisión Domiciliaria, todo ello en virtud de la ejecución de la Sentencia No. 64 de 13 de junio de 2017, proferida por el Juzgado Primero Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá, por el delito CONTRA EL PATRIMONIO ECONÓMICO (HURTO CON ABUSO DE CONFIANZA).

Con la respuesta dada por la autoridad demandada, se incorporó copia simple del Oficio...

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