Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 7 de Enero de 2010

PonenteVictor L. Benavides P.
Fecha de Resolución 7 de Enero de 2010
EmisorPleno

VISTOS:

Se somete a la consideración del Pleno de la Corte Suprema de Justicia, Acción de H.C., a favor del ciudadano R.R., contra la orden de detención emitida por la Fiscalía Tercera Superior del Primer Distrito Judicial de Panamá.

  1. A. del proponente de la Acción Constitucional:

    La accionante da inicio a su demanda, centrando su atención en el momento que las unidades de la policía llegan al lugar de los hechos y dan la voz de alto al conductor del vehículo, marca Honda, modelo CRV. Según su interpretación de las probanzas, el conductor intentó arremeter con el vehículo descrito, a una de las unidades del orden público, situación que obligó a que se disparará en primera lugar contra uno de los neumáticos. Al no ser suficiente el aviso, e intentarse otra arremetida contra el resto de los agentes de policía, añade la petente, se generó un peligro inminente que justificó el uso de las armas de fuego.

    Para sustentar la mencionada posición, sugiere se verifiquen los videos captados por las cámaras de vigilancia de la casa de empeño.

    Por otro lado, la demandante asegura que el ciudadano R.S. (conductor del vehículo marca honda) se contradice en los relatos suministrados a través de su declaración jurada, específicamente cuando señala desconocer se trataban de policías, sin embargo, en esas misma intervención afirmó haber reconocido a un teniente del DIIP.

    Siguiendo el orden de ideas, refiere la petente, que la Agencia encargada de la Instrucción Sumarial sólo cuenta con lo dicho por R.S. y del primo que lo acompañaba el día que ocurren el incidente, quienes a su criterio, incurren en desaciertos en todo momento.

    También procura la proponente de la acción, desacreditar los testimonios de los testigos protegidos, al opinar que tan sólo confirman el hecho que se dio la voz de alto y que el vidrio del lado izquierdo fue roto por RAFAEL SAÉNZ y no por los impactos de bala.

    Respecto a la muerte de la joven que viajaba en el automotor, marca Honda, modelo CRV, explica la profesional del derecho que, hasta el momento el protocolo de necropsia determina que sólo una bala cercenó la vida de CLARISSA URRIOLA DE SEDAS, empero, agrega, no existe aún resultado pericial que acredite de que arma provino el proyectil.

    En cuanto a la tentativa de homicidio, y en un sentido muy similar al expuesto en el párrafo que antecede, arguye la petente que los exámenes médico legales practicados a R.S., no evidencian resultado indicativo de que alguna lesión puso en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR