Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 2 de Diciembre de 2009

PonenteAníbal Salas Céspedes
Fecha de Resolución 2 de Diciembre de 2009
EmisorPleno

VISTOS:

Conoce el Pleno de la Corte Suprema de la acción de hábeas corpus presentada por el licenciado R.M.M. a favor de E.J.S..

El accionante fundamenta la presente acción medularmente indicando que luego de la Compra Controlada de Drogas efectuada dentro de la Operación Alfa, no se encontró en poder de los habitantes de dicha vivienda cantidad alguna de drogas, ni billetes marcados. Expone que a J.S. se le ubicó 15 centavos, una gladiola, un encendedor, una tarjeta prepago movistar usada de B/.2.00, un reloj y un billete de un dólar entre otras menudencias.

Se aducen infringidos los artículos 17, 21 y 22 de la Constitución Política, en virtud de la solicitud de copias de la orden de detención y del sumario para poder interponer el habeas corpus, la cual fue negada por no mediar poder, violentándose su derecho de defensa. Tampoco se le puso en conocimiento de las razones de su detención al llegar a la cárcel y de los artículos que pudo invocar en dicha circunstancia; infrigiéndosele la consiguiente presunción de inocencia y el derecho a ser asistido por un abogado.

En consecuencia solicita se declare Ilegal dicha detención y se gire inmediatamente la orden de libertad.

Acogida la acción se libró el mandamiento correspondiente y la autoridad demanda, remitió a esta Corporación la respuesta fechada 11 de noviembre de 2009, indicando que mediante Resolución de 5 de junio de 2009 el F. Especializado en Delitos Relacionados con Drogas de Chiriquí y Bocas del Toro, ordenó la detención preventiva de E.J.S..

Señala que la Sección de Narcóticos de la Dirección de Investigación Judicial, recibió información de que varias personas residentes en la Barriada Arco Iris, en la ciudad de D., se dedicaban conjuntamente a la venta de sustancias ilícitas en sus casas. Al respecto se llevó a cabo una Diligencia de Operación Encubierta para la Compra Controlada de Drogas la que se llevó a cabo en horas de la tarde del citado 5 de junio del año en curso.

Para dicha diligencia se contó con la participación de un colaborador encubierto, el cual se acercó a una de las viviendas de los sospechosos identificado como B.C., quien lo refirió hasta donde se encontraba otro sospechoso previamente identificado como E.J.S., quien realizó la transacción con el colaborador vendiéndole dos fragmentos de una sustancia que al practicarle la prueba de campo dio resultado positivo para cocaína (crack). En dicha acción intervino la señora Evidelia Ostía, recibiendo el dinero...

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