Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 27 de Enero de 2010

PonenteHarley J. Mitchell D.
Fecha de Resolución27 de Enero de 2010
EmisorPleno

VISTOS:

Conoce el Pleno de la Corte Suprema de Justicia la acción de Hábeas Corpus presentada por el señor R.L., a favor de R.E.V.V. contra la Policía Nacional y el Fiscal Primero Especializado en Delitos Relacionados con Drogas.

CONSIDERACIONES DEL ACCIONANTE

Manifiesta el señor R.L., que al señor R.E.V.V. se le vulneró la garantía constitucional consagrada en el artículo 22, puesto que al momento de tomarle la declaración indagatoria no se le permitió la asistencia de un abogado.

Así precisó, que en virtud del estado de indefensión originado al señor V.V., se vicia el sumario, por lo que estima son nulas todas las constancias procesales acreditadas en el infolio penal.

En consecuencia, solicita a esta Superioridad declare ilegal la orden de detención preventiva decretada contra el señor V.V. y se ordene su libertad.

RESPUESTA DEL FUNCIONARIO ACUSADO

El Licenciado G.P., Director de la Policía Nacional, atendió el mandamiento de Hábeas Corpus mediante Nota DGPN/009-09 de 4 de enero de 2010, en la cual manifestó que no ordenó la detención preventiva del señor R.E.V.V., por lo que no se encuentra bajo sus órdenes, toda vez que fue aprehendido por unidades de la Policía Nacional el 2 de octubre de 2009 y puesto a ordenes de la Fiscalía Primera Especializada en Delitos Relacionados con Drogas, atendiendo a que se le encontró en posesión cincuenta y un carrizos transparentes, que contenían polvo blanco, que se presume es la droga conocida como cocaína.

De otro modo, el Licenciado J.C., F.P. Especializado en Delitos relacionados con Drogas, atendió el mandamiento de Hábeas Corpus mediante Oficio FDI-T53-7786-2009 de 04 de enero de 2010.

Al respecto indicó, que sí es cierto que ordenó la detención preventiva de R.E.V.V., a través de resolución de 5 de octubre de 2009.

Por otro lado, precisó los fundamentos de hecho y derecho en los siguientes términos:

En primer lugar señaló, que el señor V.V. fue aprehendido por unidades de la Policía Nacional en la Gran Terminal de Albrook, en ocasión de información suministrada por parte de la seguridad privada del lugar, relacionada con la venta de sustancias ilícitas por parte de un ciudadano ubicado frente a los buses de La Chorrera.

También puntualizó, que al momento de ser registrado el señor V.V. tenía en el bolsillo derecho, un monedero con cincuenta y un carrizos, que contenían polvo blanco que resultó positivo, para la droga conocida como cocaína, según la prueba de campo practicada. Además, tenía...

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