Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 10 de Mayo de 2011

PonenteHarley J. Mitchell D.
Fecha de Resolución10 de Mayo de 2011
EmisorPleno

VISTOS:

Ante el Pleno de la Corte Suprema de Justicia acude el licenciado A.V.G. con el interés de promover acción constitucional de HABEAS CORPUS a favor de R.M. N. y en contra de la FISCALÍA PRIMERA SUPERIOR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL DE PANAMÁ.

Por admitida la acción a través de providencia de 7 de abril de 2011(fs. 13) se libró mandamiento de habeas corpus, el cual fue respondido oportunamente por la autoridad demandada.

Satisfecho el protocolo procesal, se procede a emitir la sentencia de rigor.

EL ESCRITO PRESENTADO

Argumenta el promotor constitucional que el señor R.M.N. se encuentra detenido actualmente en el pabellón 12 del Centro Penitenciario La Joyita por instrucciones de la Fiscalía Primera Superior del Primer Distrito Judicial. Manifiesta que la Agencia del Ministerio Público ha mantenido por mas de cuatro (4) meses detenido al señor NÚÑEZ sin que le haya recibido declaración indagatoria, sin soslayar, que en ningún momento se le suministró copia escrita de la orden de detención, a pesar de haber sido requerida por el mismo.

Frente a ello, estima que se han conculcado los derechos fundamentales descritos en los artículos 21, 22, 23 y 32, razón por la cual la intervención en el derecho de libertad ambulatoria deviene en ilegal.

RESPUESTA DEL FUNCIONARIO DEMANDADO

La licenciada GEOMARA GUERRA DE JONES, FISCAL PRIMERA SUPERIOR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL DE PANAMÁ, manifiesta que ordenó la detención de R.M.M. a través de diligencia de 31 de agosto de 2010 en razón de su probable vinculación con la comisión de delito de homicidio en perjuicio de M.E. DE GRACIA y W.E.M., así como el homicidio, en grado de tentativa, de L.A.G. Z..

Argumenta la Agente del Ministerio Público que dentro de la investigación penal que adelanta su despacho cuenta con testimonios que identifican al señor R.M. NÚÑEZ como la persona que sostuvo una discusión con M.E. DE GRACIA, luego de lo cual, en compañía de otro sujeto, procedió a efectuar disparos en el lugar, los cuales alcanzaron a la prenombrada en la cabeza, así como a W.E.M.. Luego de lo sucedido, el señor R.M.N., en compañía de otro sujeto, se da a la fuga del lugar.

Tales testimonios son contestes al indicar, con claridad, su disposición para identificar al agresor como R.M., residente en el Corregimiento de La 24 de Diciembre, el que se distingue por ser un sujeto de tez blanca, corpulento, mediana estatura, cabello liso negro.

ANTECEDENTES

La investigación penal inicia con la diligencia de reconocimiento y levantamiento de cadáver realizada el día 22 de junio de 2009 en la Policlínica J.J. V. en la que se logra identificar el cuerpo sin vida de M.E. DE GRACIA y W.E.M.V..

Se incorpora el testimonio de B.M.G.S., quien indica que mantenía una relación de noviazgo con M.D.G. a quien acompañaba el día en que ocurre el suceso. Comenta que previo al acontecimiento fatídico, se dirigió con la occisa al restaurante CANTÓN donde compró comida y se encontraba libando cerveza, en compañía del occiso y otro amigo, luego salen del establecimiento, se percata que llega un vehículo con dos sujetos, uno de ellos silba en forma reiterada y su novia se acerca, luego observó como su novia le suministra una bofetada y trata de lanzarle una botella de cerveza a uno de los sujetos que abordaba el vehículo, pero estos se dan a la fuga, increpa a su novia sobre lo sucedido, y la misma le responde que se trata de un sujeto apodado MINCHURI, que vive por "La 24 de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR