Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 5 de Octubre de 2007

PonenteVirgilio Trujillo López
Fecha de Resolución 5 de Octubre de 2007
EmisorPleno

VISTOS:

Conoce el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, la acción de Hábeas Corpus promovida a favor de L.O. NÚÑEZ contra la señora Fiscal Tercera Superior.

A juicio del petente, no existen pruebas ni señalamientos directos contra el mismo. Máxime cuando el apodo que mencionó la víctima antes de morir, era el de "Momia", sin embargo al precitado no se le conoce con dicho sobrenombre.

Seguidamente y luego de admitida la acción constitucional bajo estudio, se libró mandamiento de H.C. contra la autoridad acusada, quien manifestó que mantuvo la detención preventiva que en un primer momento fue decretada por el agente de instrucción delegado de la Fiscalía Auxiliar de la República, por estar presuntamente vinculado con el delito contra la Vida e Integridad Personal.

Consideraciones y Decisión del Pleno:

A continuación, corresponde determinar si en el caso que nos ocupa se han cumplido con las formalidades necesarias para decretar la detención preventiva.

En ese orden de ideas tenemos, que de fojas 128 a 130 del infolio se encuentra la resolución a través de la cual la agente de instrucción delegada de la Fiscalía Auxiliar de la República, decreta la privación de la libertad de L.O. por estar supuestamente vinculado con el delito contra la Vida

e Integridad Personal. Conducta ésta que por la sanción establecida, permite decretar la detención preventiva del sumariado.

El hecho punible se encuentra acreditado con la diligencia de reconocimiento del cadáver (fj 2-4 infolio), el protocolo de necropsia donde se determinó que la muerte fue producto de una herida por proyectil de arma de fuego (fs 48-52 sumario) y el certificado de defunción a foja 53 del sumario. Respecto a la vinculación subjetiva, se tiene como circunstancia principal, el señalamiento directo del hermano del occiso, quien luego de escuchar las detonaciones y ver al occiso herido, observó corriendo al sujeto apodado Momia. Posteriormente y en diligencia de reconocimiento fotográfico en carpeta, el señor D.C. (hermano de la víctima) señaló a L.A.O.N.. Igualmente informa que en momentos en que se dirigían al hospital, el señor A.C. le manifestó que quien le había disparado era "Momia".

De las constancias probatorias insertas en el expediente, se observa que el señor L.A.O., es integrante de la pandilla los Vatos Loco Kid Problem, bajo la categoría de asociado. Sus apodos son "Momia" y "Leo". Sus miembros se identifican con las iniciales de VLKP o el número 1029, y los mismos mantienen...

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