Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 13 de Diciembre de 2007

PonenteWinston Spadafora Franco
Fecha de Resolución13 de Diciembre de 2007
EmisorPleno

VISTOS:

Conoce el Pleno de la Corte Suprema de Justicia de la acción de habeas corpus presentada a favor de M.K.R.B., contra el Director General del Sistema Penitenciario del Ministerio de Gobierno y Justicia.

De acuerdo al activador constitucional, R. se encuentra privada de su libertad por la comisión del delito de homicidio, por el cual fue condenada a cumplir la pena de 10 años de prisión. No obstante lo anterior, el actor manifiesta que la beneficiaria de la acción está en estado de gravidez con 8 meses de gestación, por lo que solicita "se le suspenda la pena por un período de seis 6 meses, ya que el Centro Femenino de Rehabilitación no reúne las condiciones para que un bebe permanezca en este lugar y que se cumpla con lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 3 de la Ley No.15 de 16 de noviembre de 1990, mediante la cual se aprueba la Convención sobre los Derechos del Niño".

Sostiene el accionante que debido a la situación en la que se encuentra la prenombrada, se difiera la ejecución de la pena hasta tanta la criatura cumpla los seis meses de edad (fs.1-3).

L.A.G.S., D. General del Sistema Penitenciario, del Ministerio de Gobierno y Justicia, al contestar el mandamiento de habeas corpus requerido, expresó que no ordenó la detención preventiva de la beneficiaria de la acción por cuanto que, tal como lo indicó el actor, la misma fue condena a cumplir la pena de 10 años de prisión por la comisión del delito de homicidio, mediante sentencia de 13 de agosto de 2003, proferida por el Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial de Panamá (f.7).

Con vista que el principal argumento que sustenta esta acción constitucional de habeas corpus es el embarazo de R., el Suscrito Magistrado Sustanciador ordenó al Instituto de Medicina Legal que practicara los exámenes médicos necesarios a la prenombrada, con la finalidad que acreditara su estado de gestación.

Mediante Oficio No.PTE 007-11-14944 de 23 de noviembre de 2007, O.P.S., Médico Forense del Instituto de Medicina Legal, refirió que la beneficiaria de la acción tuvo su parto el 14 de noviembre de 2007 (f.20).

Como se ha visto, la beneficiaria de la acción se encuentra legalmente detenida en virtud del cumplimiento de una pena de prisión por la comisión de un delito de homicidio. Ese hecho deviene en legal la detención proferida en su contra.

Ahora bien, un aspecto de relevancia es el que merece especial atención. Y es que, estando en trámite este proceso de habeas corpus, R. culminó...

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