Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 10 de Abril de 2008

PonenteAdán Arnulfo Arjona L.
Fecha de Resolución10 de Abril de 2008
EmisorPleno

VISTOS:

El licenciado J.C.R.F. presentó ante el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, acción de habeas corpus con la finalidad de que se declare ilegal la detención preventiva que padece la señora L.E.A., y contra la Fiscalía Delegada Especializada en Delitos Relacionados con Drogas de Chiriquí y Bocas del Toro.

  1. CONSIDERACIONES DE LA ACCIONANTE.

    De acuerdo al accionante, la señora L.E.A. se encuentra privada de su libertad a órdenes del F. de Drogas de Chiriquí y Bocas del Toro, sin que hasta la fecha se haya podido comprobar su vinculación con el hecho ilícito investigado.

    Agrega que el representante del Ministerio Público vincula a la señora L.E.A. con los hechos investigados por haber alertado a su compañero sentimental, A.M., de la llegada de la policía al momento del allanamiento practicado a la vivienda de este último.

  2. ARGUMENTOS DEL FUNCIONARIO DEMANDADO.

    Cumplidos los trámites del reparto, el Magistrado Sustanciador libró mandamiento de habeas corpus contra el Fiscal Delegado Especial de Drogas de Chiriquí y Bocas del Toro, mediante providencia de 18 de marzo de 2008, quien en su contestación, contenida en el Oficio No. FDC-1137-08 de 18 de marzo de 2008, legible de fojas 7 a 9 del expediente, expresó lo siguiente:

    "PRIMERO: Sí ordené la detención preventiva de la señora L.E.A. y lo hice por escrito mediante resolución motivada dictada el día 6 de marzo 2008 ..

    Este proceso inicio con la vinculación del señor B.G.S. a la comisión de un delito Contra la Salud Pública Relacionado con Drogas. El señor G.S. rindió para el 10 de octubre del 2007 una ampliación de su declaración indagatoria, e informó el nombre de diversas personas a quien él le compraba drogas ilícitas, entre los cuales mencionó a un sujeto que conocía como MARICHAL quien según él vivía en DIVALA. (sic)

    Ante esta información y cumpliendo con la ampliación del sumario ordenada por el Juzgado Sexto de este circuito judicial, este Despacho giró instrucciones a la Sección de Narcóticos de la Dirección de investigación Judicial de Chiriquí, para que investigaran si en la dirección indicada residía alguna persona con aquél nombre, y así fue como conocimos que el sujeto conocido como MARICHAL responde al nombre de A.E.M.M. y que el mismo ya no residía en DIVALA, sino en la Avenida el Estudiante, en la Concepción, específicamente en el E.D.L., por lo que se ordenó y practicó diligencia de Allanamiento y Registro a la residencia la cual estaba ubicada en la segunda planta del local comercial American Things.

    Al apersonarse a la referida dirección los funcionarios combinados para llevar a cabo...

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