Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 15 de Enero de 2008

PonenteGraciela J. Dixon C.
Fecha de Resolución15 de Enero de 2008
EmisorPleno

VISTOS:

El licenciado CESAR AUGUSTO FÁBREGA acude ante esta Corporación Judicial a fin de presentar recurso de hábeas corpus a favor de los menores ZHU YONGIE y H.H., ambos de nacionalidad china, y contra el Director General de Migración, licenciado C.S.F..

Una vez repartido el expediente, se libró mandamiento de hábeas corpus contra el funcionario demandado (fs. 5), quien mediante Nota No. 051-A.L. DNMYN de 5 de octubre de 2007, contestó en los siguientes términos:

"a. No, la Dirección Nacional de Migración y Naturalización no ordenó la (sic) DETENCIONES de ZHU YONGIE y HUANG HAIXING, ambos de nacionalidad CHINA, fueron remitidos por medio de oficio No. SMN-N2-675-07 fechada 19 de noviembre de 2007, girado por el Servicio Marítimo Nacional, toda vez que fueron encontrados náufragos en el área de Isla melón, Veracruz.

  1. Una vez verificada la situación legal de los prenombrados ZHU YONGIE y HUANG HAIXING pudimos percatarnos que los mismos habían ingresado al país de manera ilegal.

  2. Que en vista de ello los señores ZHU YONGIE y HUANG HAIXING fueron deportados por medio de las Resoluciones 14576 y 14579 de 22 de noviembre emitidas por este Despacho, toda vez que no reunían los requisitos para permanecer en el país, ya que no calificaban dentro de los parámetros legales." (fs. 6).

Lo anterior podemos corroborarlo de fojas 8 a 15 del cuadernillo que contiene la presente acción constitucional, en el cual constan copias autenticadas de las resoluciones No. 14576 y 14579, dictadas por el Director Nacional de Migración, licenciado C.S.F., quien decidió repatriar a los menores de nacionalidad china, ZHU YONGIE y H.H., por cuanto que los mismos no portaban ninguna documentación que acreditara su permanencia legal en el territorio nacional, transgrediendo de esta manera lo normado en los artículos 60 y 65 primer párrafo del Decreto Ley Nº 16 de 30 de junio de 1960.

Tal como se observa del informe de la autoridad demandada así como de las copias aportadas, esta acción constitucional se presenta contra dos menores de edad, ZHU YONGIE y HUANG HAIXING, por tanto, la competencia en estos casos...

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