Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 21 de Febrero de 2008

PonenteGraciela J. Dixon C.
Fecha de Resolución21 de Febrero de 2008
EmisorPleno

VISTOS:

Conoce el Pleno de la Corte Suprema de Justicia el cuadernillo de acción de Habeas Corpus interpuesto por el Licenciado C.H.M. a favor de A.E.D.M., contra el F.S. Superior del Primer Distrito Judicial de San Miguelito.

Explica en sus consideraciones que contra su representado se ordenó detención preventiva en resolución de 28 de agosto de 2007, proferida por la Agencia de Instrucción Delegada de la Fiscalía Auxiliar de la República, con motivo de la denuncia interpuesta por la señora C.B., quien pone en conocimiento de las autoridades que el 9 de agosto de 2007 dos sujetos, entre ellos A.E.D., efectuaron detonaciones hacia el interior de su residencia, causándole lesiones.

Agregó, que no existe causa legal que sustente la

detención ordenada contra el beneficiario de esta acción, como quiera que no

estuvo en el lugar de los hechos y por el contrario los testimonios aportados a

la investigación por la ofendida señalan a N.M. como la persona que

efectuó los disparos. Por ello, solicita se declare ilegal la detención por

inexistencia de pruebas vinculantes o graves indicios que así lo amerite.

Mediante providencia de 25 de enero de 2008, se admitió la presente acción y al dársele el impulso procesal correspondiente, la funcionaria acusada, licenciada GEOMARA GUERRA DE JONES, Fiscal Segunda Superior del Primer Distrito Judicial, dio respuesta al mandamiento de H.C. en los siguientes términos:

"a) Esta Agencia del Ministerio Público no ordenó la detención preventiva de A.E.D.M., fue ordenada por la Agente de Instrucción Delegada de la Fiscalía Auxiliar de la República, Unidad Regional de San Miguelito; mediante resolución fechada 28 de agosto de 2007, visible a fojas 68-72 del sumario, por delito de Homicidio en Grado de Tentativa en perjuicio de C.H.B.; y mantenida por este Despacho mediante resolución con fecha 30 de agosto del 2007, visible de fojas 79-80.

b)Los motivos de hecho y de derecho que consideró la Funcionaria de Instrucción para ordenar la detención preventiva de A.E.D.M., aparecen consignadas en la mencionada resolución, como es la denuncia suscrita por C.H.B., donde pone en conocimiento de los disparos efectuados en su residencia N° 2679, el día 09 de agosto de 2007, y donde resultó lesionada, según se estableció en el examen médico legal; con lo cual se demuestra el hecho punible. Además de los señalamientos del señor M.Q., quien...observó que atrás venían dos jóvenes que identificó como N.M. y A.E.D., que portaban armas...

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