Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 8 de Julio de 2008

PonenteJerónimo Mejía E.
Fecha de Resolución 8 de Julio de 2008
EmisorPleno

VISTOS: Conoce el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, la acción de habeas data promovida por el licenciado J.E.L.P., contra el DIRECTOR GENERAL DE CATASTRO Y BIENES PATRIMONIALES DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS. ANTECEDENTES En el libelo de habeas data se observa que la información solicitada consiste en la solicitud de copia autenticada del expediente completo por el cual el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección de Catastro y Bienes Patrimoniales, segrega la finca No. 87, inscrita al Tomo 5, Folio 356, Sección de Propiedad, Propiedad de Coclé, un lote terreno con una superficie de 1 hectárea con 1,857.26 metros cuadrados, ubicado en Boca de Río Hato, Corregimiento de Río Hato, Distrito de Antón, Provincia de Coclé y lo vende a AGRO INVESTMENTS LUCEL INC., persona jurídica debidamente inscrita en el Registro Público, Sección de Micropelículas (Mercantil) bajo la ficha 274000, rollo 39072, Imagen 17, cuyo R.L. es S.R. de Putzai, con cédula de identidad personal N0. 8-91-463, expediente que se encuentra archivado en el Departamento Jurídico de dicha institución desde el pasado mes de febrero del presente año, fecha en que concluyó dicha actuación administrativa. La presente iniciativa constitucional fue admitida, y en virtud de ello se solicitó un informe del caso que nos ocupa. Atendiendo al requerimiento descrito, el Director de la Dirección de Catastro y Bienes Patrimoniales del Ministerio de Economía y Finanzas dio respuesta a esta Corporación de Justicia, manifestando entre otras consideraciones, que con la nota envía adjunto 4 tomos que constituyen las copias que en ningún momento se negaron a entregar. Agrega que por lo voluminoso de la documentación requerida y debido a que la tuvo que reproducir en un centro de copiado utilizado por toda la institución, ello atrasó dicha entrega. CONSIDERACIONES DEL ACCIONANTE La acción de habeas data presentada por el licenciado LUQUE PEREIRA reposa a folio 1 y 2 del cuadernillo. Expresa el accionante que la solicitud dirigida al Director de Catastro y Bienes Patrimoniales, la cual fue sumamente explícita, fue presentada el 31 de marzo de 2008 y debido a la falta de respuesta la reiteró el 24 de abril de 2008 y a la fecha en que se presentó el habeas data (6 de mayo de 2008) no había tenido respuesta positiva a su petición, excediéndose dicho funcionario del término de treinta (30) días calendario que le confiere la ley para atender y resolver la solicitud. Finalmente...

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