Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 5 de Junio de 2008

PonenteAdán Arnulfo Arjona L.
Fecha de Resolución 5 de Junio de 2008
EmisorPleno

VISTOS:

Ha llegado a conocimiento del Pleno de la Corte Suprema de Justicia acción constitucional de habeas corpus, presentada por el licenciado A.Z., a favor de J.M.B., contra la Dirección General del Sistema Penitenciario.

I.-CONSIDERACIONES DEL ACCIONANTE.

De acuerdo al accionante, el señor J.M.B. fue condenado por el Juzgado Segundo de Circuito, Ramo Penal, del Circuito Judicial de H., a cumplir treinta (30) meses de prisión, siendo esta pena reemplazada por una pena pecuniaria. Indica el recurrente que el señor J.M.B. incumplió con el pago de la multa, situación que llevó al juez de la causa a revocarle el reemplazo o conversión de la pena y en su lugar ordenó su detención. Agrega finalmente que el señor J.M.B. se encuentra detenido desde hace varios meses, habiendo cumplido en exceso la pena, toda vez que la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia ha señalado que al ser reemplazada la pena de prisión por días multa, la primera desaparece y el sentenciado debe cumplir la segunda, y ante el incumplimiento de esta última el juzgado debe aplicar lo dispuesto en el artículo 51 del Código Penal.

II.-ARGUMENTOS DEL FUNCIONARIO DEMANDADO.

Acogida la acción, se libró mandamiento de habeas corpus contra el Director General del Sistema Penitenciario quien, mediante Nota No. 1775 DGSP DAL de 14 de mayo de 2008, visible de fojas 40 a 41 del expediente, rindió el siguiente informe:

"El suscrito en su condición de Director General del Sistema Penitenciario, no ha ordenado verbalmente ni por escrito, la detención del señor JUAN MIGUEL BAZÁN ARABA ...

Los motivos o fundamentos son desconocidos, en virtud de que no ordenamos la detención del prenombrado ...

El señor J.M.B.A., se encuentra a órdenes de la Dirección General del Sistema Penitenciario, actualmente recluido en la Cárcel Pública de Chitré, detenido por dos delitos a saber:

1B. H., detenido desde el día 18 de mayo de 2007, en perjuicio de J.M.F., condenado a 30 meses de prisión, por el Juzgado Segundo de Circuito Penal de H.. De conformidad con la base de datos, cumplirá el 1/4 de la pena, el 31-12-2007, el 1/3, el 16-03-2008, la 1/2, la cumplirá el 15-08-08, las 2/3, el 13-01-2009 y la total, el 13-11-2009 ...".

III.-CONSIDERACIONES DEL PLENO.

Luego de conocido el fondo de la pretensión, procede esta Corporación de Justicia a resolver lo que en derecho corresponde.

Es preciso señalar que, anteriormente, esta Corporación de Justicia conoció de la presente acción de habeas a corpus a...

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