Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 14 de Marzo de 2008

PonenteHarley J. Mitchell D.
Fecha de Resolución14 de Marzo de 2008
EmisorPleno

VISTOS:

Conoce el PLENO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA de la acción de hábeas corpus interpuesta por el letrado D.A.R.Z., a favor de E.L. en contra del Fiscal Primero Especializado en Delitos Relacionados con Drogas.

ANTECEDENTES DEL CASO

Se tiene como base para iniciar la presente investigación, el informe elaborado por unidades del Servicio Marítimo Nacional, quienes fueron informados de que por las entradas del canal, ingresaría, en forma sospechosa, la embarcación NIÑA NILXY.

Del mismo modo, se acredita la presente instrucción sumarial, con los Informes de las Unidades de Servicio Marítimo Nacional, Informes de las Unidades de la División Antidrogas, Dirección Nacional de Información e Investigación Policial de la Policía Nacional, por medio de los cuales ponen en conocimiento de las autoridades especializadas en delito relacionados con drogas, todo lo relacionado con la "Operación BARRACUDA".

Comunicaron que el día 6 de septiembre de 2007, pusieron en marcha un operativo fluvial, logrando ubicar en el sector conocido como La Playita de F., una embarcación, que resultó ser la lancha NIÑA NILXY, donde sus tripulantes al notar la presencia policial, hicieron caso omiso a la voz de alto y se dieron a la fuga, dejando abandonada la embarcación.

Indicaron además, que al realizar la inspección visual y verificación dentro de la embarcación se encontró entre otras cosas, un maletín marca JOYSPORT, de color azul, que mantenía un pantalón jean de color oscuro y un sueter NIKE, el permiso para portar armas No.7666 a nombre de E.L., con cédula de identidad personal No. 8-726-267 y residencia en Santa Ana, Edificio 10115, apartamento No.8, autorización otorgada para portar el arma 9mm con serie No.43864, además de 49 municiones calibre 9mm sin detonar.

Posterior al operativo, ponen en alerta a la Policía Nacional, quienes despliegan unidades en el sector de F., hacia el Puente de las Américas, logrando la captura de L.A.L., y el menor de edad A.E.M.

En el recorrido a pie que efectúan las unidades del Servicio Marítimo en la playa Punta Farfán, logran encontrar en la mañana del siete (7) de septiembre, tres tanques de 17 galones, contentivos de SETENTA Y TRES (73) paquetes de forma rectangular, forrados en cinta adhesiva de color chocolate, los cuales contenían cada uno, un polvo blanco, que al ser analizados por el Laboratorio Especializado en Drogas de la Policía Técnica Judicial, resultó ser cocaína, con un peso de 82,145.50 gramos.

Por último, informaron que se aproximó al sector en forma sospechosa y a muy baja velocidad O.O.M.L., tocando la bocina del auto tres (3) veces, en intervalos, dio vuelta y de regreso hizo lo mismo, siendo retenido por las unidades del servicio marítimo, quien se presume era la persona encargada de recoger el cargamento de drogas y trasportarlo vía terrestre.

POSICIÓN DEL ACCIONANTE

El accionante en su libelo de demanda sostiene que la detención preventiva en contra de E.L. es ilegal, ya que para la fecha del 11 de octubre de 2007, la Fiscalía Primera de Drogas emite tres boletas de conducción, dirigidas al director de la Policía, director de la PTJ, y la otra dirigida al Servicio Marítimo Nacional, en donde solicitaban conducir a LASSO a la práctica de una diligencia judicial, pero al ser retenido lo deberían poner en conocimiento del contenido del artículo 22 de la Constitución Nacional.

Agregó en el escrito que la declaración indagatoria carecía de asidero legal, sustentándola en un hallazgo de un maletín azul marca JOYSPORT y la fotocopia de un permiso legal No.76666 para portar arma de fuego a nombre del petente y 49 municiones de pistola 9mm, además que nunca lo encontraron a los alrededores del bote, no encontraron sustancia ilícita, y al día siguiente capturan a dos sujetos de nombre L.A.L. y un menor de edad, también realizando un reporte de una supuesta cantidad de droga encontrada a mucha distancia en donde zarpo el bote, y además el sargento VARGAS nunca especificó en...

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