Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 22 de Mayo de 2008

PonenteOydén Ortega Durán
Fecha de Resolución22 de Mayo de 2008
EmisorPleno

VISTOS: Para conocimiento del Pleno de esta Corporación de Justicia, ingresó la Acción de H.C. interpuesta por el licenciado R.J.M.T., a favor del señor de nacionalidad estadounidense M.K.S. y en contra de la Dirección Nacional de Migración y Naturalización del Ministerio de Gobierno y Justicia de Panamá. El licenciado MURGAS TORRAZZA señala que el señor M.K.S. se encuentra privado de su libertad en la celda de las instalaciones de la Dirección de Migración, sin que hasta la fecha se le informado de las razones por las cuales se mantiene detenido. Que el prenombrado está siendo supuestamente investigado por la INTERPOL y por la Fiscalía Auxiliar de la República; sin embargo, estas autoridades no han encontrado fundamento legal para tales averiguaciones, ni mucho menos para mantenerlo detenido, circunstancia que violenta claras garantías constitucionales y legales a las que tiene derecho el señor SANDERS, por lo que el letrado solicita se le escuche, a fin de que se resuelva si es o no fundada la privación de libertad que padece. Una vez acogida la presente acción, se libró mandamiento de H.C. contra la autoridad demandada, licenciado C.S. FRIAS quien mediante Nota No. 26-A.L.-DNMYN de 22 de abril de 2008 contestó, entre otras cosas, que es cierto que el Despacho a su cargo ordenó mediante Resolución número 0269 de 4 de marzo de 2008, la detención y salida controlada del señor M.K.S., de nacionalidad estadounidense, toda vez que el mismo se encontraba ilegal por más de tres (3) años en la República de Panamá. Que dicha decisión fue emitida teniendo como fundamento los artículos 3, 36, 60, 65 y 85 del Decreto Ley No. 16 de 30 de junio de 1960. Remitido el anterior informe, la autoridad respectiva pone a órdenes de este Máximo Tribunal de Justicia al ciudadano de nacionalidad estadounidense M.K.S.. Ahora bien, cumplida la ritualidad procesal correspondiente a la presente acción constitucional y encontrándose la misma en el Despacho del Magistrado Sustanciador para resolver, se recibe el día 13 de mayo de 2008 por parte de la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia, debidamente autenticado por el Jefe del Departamento de Investigación de la Dirección de Migración, licenciado C.G., escrito firmado por señor M.K.S., en...

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