Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 5 de Mayo de 2008

PonenteJerónimo Mejía E.
Fecha de Resolución 5 de Mayo de 2008
EmisorPleno

VISTOS:

La señora MARÍA BALLADARES JORDÁN, mediante manuscrito presentado en la Secretaría General de esta corporación de justicia, interpuso la acción de hábeas corpus a favor de su cónyuge M.D.H. contra el Segundo Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial.

LA ACCIONANTE

La señora BALLADARES JORDÁN señala que el señor H. se encuentra detenido desde el mes de noviembre de 2005, por un supuesto delito de homicidio cometido en perjuicio de TIAN LUN ZHANG, hecho ocurrido el día 4 de noviembre de 2005 en el establecimiento "C.M.", sector de Calle Larga, Barrio Colón, Distrito de La Chorrera, Provincia de Panamá.

Expresa la solicitante que sin mediar orden alguna las autoridades allanaron la residencia de su suegra, C.H. y posteriormente detuvieron a su cónyuge. Además, señala que en las sumarias no existen testigos que señalen que su cónyuge fue la persona que asesinó al ciudadano TIAN LUN ZHANG y por esa razón recurre en hábeas corpus reparador a favor de M.D.H..(Fs.1-2)

LA AUTORIDAD DEMANDADA

Mediante Oficio N° 122 de 16 de abril de 2008, el M.S.M. dio respuesta al mandamiento de hábeas corpus dictado contra el Segundo Tribunal Superior en que consignó que ese tribunal colegiado no ordenó la detención preventiva del señor M.D.H. sino que mediante Auto N° 108 de 25 de junio de 2007, dispuso mantener la medida cautelar que pesaba contra el sindicado desde la fase de instrucción sumarial, que fue adoptada por la Personería Municipal del Distrito de la Chorrera mediante providencia de 9 de noviembre de 2005.(Fs.6-7)

CONSIDERACIONES DEL PLENO

Se procede al análisis de los antecedentes remitidos por el Segundo Tribunal Superior a efectos de establecer si la medida cautelar privativa de libertad impuesta al señor M.D.H. cumple con los requisitos constitucionales y legales.

En ese sentido, se advierte que en el proceso penal seguido al señor HERNÁNDEZ y otrosya concluyóla fase de instrucción sumarial y existe un Auto de llamamiento a juicio N° 108 de 25 de junio de 2007 mediante el cual el Segundo Tribunal Superior dispuso mantener la medida cautelar de detención preventiva por lo siguiente:

En lo que se refiere a M.D.H. su vinculación comprobada a satisfacción con los siguientes elementos:

  1. Durante la diligencia de allanamiento y registro practicado a la residencia N° 3422, se encontraron en una mochila de su pertenencia, una serie de tarjetas telefónicas de prepago celular y teléfonos públicos (Fs.29-30);

  2. H.P.V. en su...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR