Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 9 de Marzo de 2009

PonenteVictor L. Benavides P.
Fecha de Resolución 9 de Marzo de 2009
EmisorPleno

VISTOS:

Ingresó, para consideración del Pleno de la Corte Suprema de Justicia, Acción Constitucional de Hábeas Data, instaurada por el ciudadano K.H., contra la Ministra de Salud.

  1. La Acción de Hábeas Data:

    Mediante manuscrito presentado ante la Secretaría General de la Corte Suprema Justicia y en palabras cortas, el ciudadano HARRINGTON solicita Hábeas Data, en razón de no haber recibido en término, respuesta de lo pedido a la Ministra de Salud.

    Consta a foja 3 del cuadernillo que nos ocupa, solicitud que hiciese en su momento el señor K.L.H. al Ministerio de Salud, documento que adjuntó como constancia, al momento de presentar la acción constitucional.

  2. Consideración del Pleno:

    Luego de una lectura al pliego presentado por el hoy accionante ante el Ministerio de Salud, fechado cuatro (4) de septiembre de 2008, constatamos que el petitum consiste en "la suspensión (temporal) de la construcción que actualmente se ejecuta en el Corredor Norte de Tinajitas hacia Tocumen."

    De acuerdo a nuestra Carta Magna, la Acción de Hábeas Data tiene como fin específico, garantizar a los ciudadanos el derecho de acceder a información de tipo personal, público o de interés colectivo, que reposen en base de datos o registros públicos o privados.

    Para ilustración de lo arriba señalado, transcribiremos algunos fragmentos de los artículos 42, 43 y 44 de la Constitución Política:

    Artículo 42. Toda persona tiene derecho a acceder a la información personal contenida en bases de datos o registros públicos y privados, y a requerir su rectificación y protección, así como su supresión, de conformidad con lo previsto en la Ley...

    Artículo 43. Toda persona tiene derecho a solicitar información de acceso público o de interés colectivo que repose en bases de datos o registros a cargo de servidores públicos o de personas privadas que presten servicios públicos...

    Artículo 44. Toda persona podrá promover acción de hábeas data con miras a garantizar el derecho de acceso a su información personal recabada en bancos de datos o registros oficiales o particulares, cuando estos últimos traten de empresas que prestan servicio al público o se...

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