Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 19 de Marzo de 2009

PonenteHarley J. Mitchell D.
Fecha de Resolución19 de Marzo de 2009
EmisorPleno

VISTOS:

El Licenciado ROBERTO RAÚL LÓPEZ VALENCIA, apoderado judicial de ALVARO CHAPARRO ALMEIDA, interpuso ante el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, acción de hábeas corpus contra el F.S. Especializado en Delitos Relacionados con Drogas.

El libelo de demanda de hábeas corpus reseña que la medida cautelar de privación de libertad decretada por el agente de instrucción es ilegal por cuanto que ALVARO CHAPARRO ALMEIDA y el resto de las personas abordo de la embarcación "LOS FARAONES", fueron detenidas sin que el Servicio de Guardacostas de los Estados Unidos de América contará con autorización de las autoridades panameñas correspondientes. Así mismo, señala que desde la aprehensión de ALVARO CHAPARRO ALMEIDA y su entrega a la agencia de instrucción transcurrió en demasía el término legal contemplado para privar a una persona de libertad. Por ello, solicita al tribunal de hábeas corpus declare ilegal la detención preventiva.

Acogida la demanda de hábeas corpus por este tribunal constitucional se ordenó a la autoridad requerida el envió de un informe en el que detalle si ordenó o no la medida limitativa del derecho personal de manera preventiva, y en caso afirmativo explicar las razones que motivaron el dictamen de ésta.

Así, el F.S. Especializado en Delitos Relacionados con Drogas, a través de Oficio No. FD-2/OP-01/455-09 de 27 de enero de 2009, responde señalando que sí ordenó la detención preventiva de ALVARO CHAPARRO ALMEIDA y los motivos que conllevaron a la aplicación de está medida coercitiva procesal se encuentran contemplados en la resolución de 18 de diciembre de 2008 (fs.187-190).

CONSIDERACIONES DEL TRIBUNAL DE HÁBEAS CORPUS

La acción de hábeas corpus como garantía procesal constitucional tiende a que la persona restringida en su derecho a la libertad personal sea exhibida ante el juez de hábeas corpus para que éste determine si la limitación en su derecho fundamental ha sido emitida por autoridad competente, mediante imputación formal o escrita en donde se detalle la existencia del hecho punible y la vinculación de la persona detenida por elementos de convicción suficientes. De igual manera, deberá acreditarse la necesidad de cautela, es decir, que el imputado no se someterá al proceso, obstaculizará las investigaciones o atentará contra la vida de la víctima, terceras personas o su propia persona.

De un repaso de la investigación seguida se observa que la detención preventiva aplicada a ALVARO CHAPARRO ALMEIDA, ha sido...

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