Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 10 de Marzo de 2009

PonenteHarley J. Mitchell D.
Fecha de Resolución10 de Marzo de 2009
EmisorPleno

VISTOS:

I.A.C. presenta demanda de hábeas corpus a favor de KERIMA ESTHER OLEA MALDONADO contra la Juez Décima de Circuito de lo Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá.

En una primera oportunidad, la demanda de hábeas corpus fue conocida por el Segundo Tribunal Superior de Justicia.

Así, la magistrada ponente de este tribunal colegiado, remite a la autoridad jurisdiccional requerida, mandamiento de hábeas corpus con el objeto de que manifestara si ordenó la privación de libertad y las razones fácticas y jurídicas que dan lugar a su imposición. De igual manera, solicita indicar si tiene bajo su custodia a la beneficiaria de la acción.

La Juez Décima de Circuito de lo Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá, a través del Oficio No. JDCP-4642-08 de 02 de diciembre de 2008, da respuesta al informe solicitado señalando en primer lugar, que sí ordenó la detención de KERIMA ESTHER OLEA MALDONADO en virtud de sanción penal impuesta mediante sentencia condenatoria la cual se encuentra debidamente ejecutoriada. Igualmente, notifica que la procesada se encuentra a órdenes de la Dirección General del Sistema Penitenciario.

De ahí, que el Segundo Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial de Panamá, a través de resolución judicial "AUTO 1ª INST. No. 49, de 16 de diciembre de 2008, se inhibe de conocer la demanda de hábeas corpus, por razones de competencia, remitiéndola al Pleno de la Corte Suprema de Justicia.

Verificado el recorrido procesal seguido, el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, acoge inmediatamente la demanda de hábeas corpus y solicita librar mandamiento de hábeas corpus contra el Director General del Sistema Penitenciario quien advierte que, K.E.O.M. se encuentra bajo sus órdenes en virtud de que la misma se encuentra cumpliendo pena de prisión impuesta por Sentencia No. 007-06 de 17 de octubre de 2006, por el Juzgado Décimo de Circuito de lo Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá.

En ese sentido, corresponde determinar a este máximo tribunal constitucional, si la limitación al derecho de libertad personal sufrida por KERIMA ESTHER OLEA MALDONADO ha sido dispuesta por mandamiento escrito, por autoridad competente, en la cual se acredite la existencia del hecho punible cuya sanción mínima sea de 4 años de prisión y se evidencie en el cuaderno penal, fundados elementos de convicción de su participación en la comisión del hecho punible.

Al respecto, se recuerda que la demanda de hábeas corpus es...

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