Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 27 de Agosto de 2009

PonenteHarley J. Mitchell D.
Fecha de Resolución27 de Agosto de 2009
EmisorPleno

VISTOS:

L.U., mediante apoderado judicial Licenciado V.R.S., ha formalizando ante el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, acción de amparo de garantía en contra de la resolución judicial dictada el 20 de febrero de 2009, por el Tribunal Superior de Trabajo del Primer Distrito Judicial de Panamá.

El promotor constitucional alega la vulneración del artículo 32 de la Constitución Política de la República, en concepto de violación directa, puesto que el tribunal jurisdiccional demandado instituye un trámite no preestablecido en la ley, ya que al ser despedido verbalmente LEONARDO URRUNAGA, concluye que la carga de la prueba, es decir, el "onus probandi" recae en el trabajador puesto es quien alega la terminación de la relación laboral.

Una vez examinado el libelo de demanda de amparo de garantía, corresponde determinar su admisibilidad, para lo cual deberá verificarse los presupuestos constitucionales, legales y jurisprudenciales requeridos.

Así, consta que la demanda de amparo fue dirigida al Presidente de la Corte Suprema de Justicia, describe los datos generales del amparista y su apoderado judicial, hace mención expresa de la orden impugnada, señala el nombre del servidor público demandado, los hechos en que se sustenta la pretensión, las normas constitucionales infringidas y el concepto de la misma. Además, presenta copia autenticada de la orden impartida. No obstante, el Tribunal de Amparo, en este examen, observa que lo pretendido por el amparista sobrepasa la competencia funcional asignada, pues, peticiona una re- apreciación y valoración de los medios de pruebas allegados al proceso a fin de comprobar que la terminación de la relación laboral se produjo de manera verbal para así, determinar que el despido es injustificado.

La jurisprudencia constitucional de manera constante ha establecido que el debido proceso legal comprende una serie de derechos procesales, entre ellos, el derecho a la prueba el que a su vez contempla el derecho a aducirlas, presentarlas y practicarlas atendiendo al derecho de defensa y contradicción propio de la fase o etapa probatoria en el proceso; sin embargo, la apreciación y valoración en virtud del...

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