Acuerdo Nº 005 de 23 de julio de 2008, 'POR MEDIO DEL CUAL SE PROHIBE EL USO DE LAS ACERAS MUNICIPALES COMO DEPOSITO DE MATERIALES DE CONSTRUCCION'.

REPÚBLICA DE PANAMÁ-PROVINCIA DE COCLÉ

CONSEJO MUNICIPAL

PENONOME

ACUERDO No.005

De Julio 23, de 2008.

"POR MEDIO DEL CUAL SE PROHÍBE EL USO DE LAS ACERAS MUNICIPALES COMO DEPÓSITOS DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN".

EL HONORABLE CONSEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE PENONOMÉ

EN USO DE SUS FACULTADES DELEGADAS

CONSIDERANDO:

Que el Plan Normativo de Penonomé de 1993, vigente a la fecha, establece un uso de suelo mixto, RM1-C2, en la Avenida Manuel Amador Guerrero (Calle del Mercado Público) y la Juan Demóstenes Arosemena) Ave. Central), en las cuales se permite el uso de suelo: residencial de alta densidad, que permite la construcción, reconstrucción o modificación de edificios destinados a viviendas unifamiliares, casas en hilera, edificios de apartamentos, edificios multifamiliares, comerciales en general relacionados a las actividades mercantiles y profesionales del centro urbano.

Que la Ley No.6 del 01 de febrero de 2006 que reglamenta el ordenamiento territorial para el desarrollo urbano y dicta otras disposiciones, establece en su Capítulo X, referente a espacio público, en el Artículo 28, que son espacios públicos protegidos por el Estado, los bienes de su propiedad, "las áreas requeridas para la circulación, tanto peatonal como vehicular".

Que a lo largo de la Avenida Manuel Amador Guerrero y Juan Demóstenes Arosemena, las ferreterías que allí se ubican, mantienen depósitos de materiales de construcción como cemento, acero en general, carriolas, cajas, bultos, bloques y otros que por su manejo y acarreo, representan un gran peligro a todos los que por residen, transitan y pero aún utilizan las aceras públicas como depósito de estos materiales.

Que la actividad de almacenamiento y manejo de materiales de construcción, mercancía y similares no son compatibles con el uso de suelo RM1-C2 que prevalece en la Avenida Manuel Amador Guerrero.

Que la Avenida Manuel Amador Guerrero y Juan Demóstenes Arosemena son de mucho tráfico y de alta generación de ruidos donde los tranques vehiculares son permanentes.

Que esta actividad de almacenamiento de materiales de construcción en las aceras municipales va en contra del desarrollo urbanístico de la ciudad de Penonomé y desmejora la calidad de vida de sus moradores por el excesivo ruido que se genera en el manejo de estos materiales.

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO

PROHIBIR definitivamente el uso de las aceras municipales como áreas de depósito de materiales de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR