Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 7 de Marzo de 2014

PonenteAlejandro Moncada Luna
Fecha de Resolución 7 de Marzo de 2014
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

En grado de apelación, conoce el resto de la Sala Tercera de la demanda contencioso-administrativa de protección de derechos humanos, presentada por B.L.F., actuando en representación de ODERAY ADÁMES, SOLANO AIZPRUA Y OTROS, para que se declare nula, por ilegal, la convocatoria pública, así como el Contrato de Concesión Administrativa de los puertos de B. y C., que dieron origen al Contrato L. No.5 de 16 de enero de 1997.

La decisión apelada es el Auto de siete (7) de mayo de dos mil trece (2013), por medio del cual el Magistrado Sustanciador negó la admisión de la demanda presentada, por no cumplir con el requisito de presentar con la demanda copia autenticada de los actos administrativos cuya nulidad se pretende, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la L. 135 de 1943, ni con lo dispuesto en el artículo 46 de dicho cuerpo legal, de demostrar que las copias autenticadas le han sido negadas por la autoridad demandada, para elevar la solicitud al Magistrado Ponente de que las requiera, previo a la admisión de la demanda.

En el Auto apelado, el Magistrado Sustanciador señala que lo indicado al actor por parte del Administrador de la Autoridad Marítima de Panamá, mediante Nota ADM No.3439-12-11 del 2 de diciembre de 2011, es que no mantenía en sus archivos la documentación solicitada, debido a que el acto de selección fue ejecutado por el Ministerio de Comercio e Industria, lo cual no supone una negativa en la entrega de la documentación, sino que el demandante debía solicitar la documentación al custodio de la misma.

ARGUMENTO DEL APELANTE

El apoderado judicial de la parte actora, manifiesta en el recurso de apelación presentado, que previo a la presentación de la demanda, acudió a la Autoridad Marítima de Panamá, con el fin de obtener copia del pliego de cargo para la privatización de los puertos de B. y C., misma que fue negada, y esta situación fue advertida en el libelo de la demanda, tal como consta en la solicitud realizada en el Tribunal, para que oficiara petición de copia autenticada de dicho documento.

Sostiene que, precisamente aportó como prueba la Nota ADM No. 3439-12-11 AOL, de 2 de diciembre de 2011, de la Autoridad Marítima de Panamá, donde se responde la solicitud de copia autenticada de la documentación, prueba que fue solicitada mediante acción de habeas data, y que constituye una negación por incumplimiento de la ley, porque la hizo luego de ejercido el derecho constitucional de petición (habeas...

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