Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 28 de Agosto de 2007

PonenteVictor L. Benavides P.
Fecha de Resolución28 de Agosto de 2007
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El licenciado R.S.G., actuando en nombre y representación de C.E.S., ha interpuesto ante la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia demanda contencioso administrativa de derechos humanos para que se declare nula, por ilegal, las órdenes verbales emitidas por el Director Nacional de Catastro y otras emitidas por el Alcalde del distrito de Panamá, y el Corregidor de San Francisco.

En torno a la demanda planteada debe advertirse que la misma no puede admitirse en consideración a que carece de fundamento de procedibilidad, por las siguientes razones:

1) Si bien es cierto la demanda ha sido dirigida en contra del Director Nacional de Catastro, no es menos e estimable que lo que se acusa de ilegal es intangible, ya que no se especifica sobre un acto administrativo en particular ni concreto, sino sobre supuestas órdenes emitidas de manera verbal. El acto administrativo es la declaración emitida o acuerdo de voluntad celebrado, conforme a derecho, por una autoridad u organismo público en ejercicio de una función administrativa del Estado, para crear, modificar, transmitir o extinguir una relación jurídica que en algún aspecto queda regida por el derecho administrativo (Art. 201 (1) de la Ley 38 de 200).

2) La Sala en múltiples ocasiones ha manifestado que las demandas contencioso administrativo deben estar dirigidas a la revisión de legalidad del acto administrativo, por tanto, el demandante debe individualizar el acto, debe especificar sobre el mismo, y debe presentar su original o copia autenticada del pronunciamiento de la Administración.

3) En este caso donde se discute sobre el desalojo y la adjudicación de los terrenos ocupados por el señor C.S., es obvio que debió haber un pronunciamiento de la administración para proceder de esa forma, y no solamente órdenes verbales como se alega, y en caso tal de que sea así, la ley le otorga las herramientas necesarias para obtener una respuesta formal a las peticiones que formule.

4) A través de la demanda contencioso administrativa de derechos humanos se protegen derechos humanos justiciables. Estos derechos ha dicho la Sala, son básicamente los derechos humanos de primera generación que son judicialmente exigibles...

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