Resolución de Gabinete Nº 35 de 24 de marzo de 2009, 'QUE EXCEPTÚA A LA CAJA DE SEGURO SOCIAL DEL REQUISITO DE LICITACIÓN PÚBLICA, Y LE AUTORIZA A CONTRATAR DIRECTAMENTE, CON LA COORDINADORA NACIONAL DE LA SALUD, LA PROVISIÓN DE SERVICIOS DE ATENCIÓN DE SALUD A LA POBLACIÓN ASEGURADA DE LAS REGIONES DE CHILIBRE, LAS CUMBRES Y SAN MIGUELITO POR UN MONTO TOTAL DE TREINTA Y NUEVE MILLONES DE BALBOAS (B/.39,000,000.00) Y SE EMITE CONCEPTO FAVORABLE AL CONTRATO DAL-003-2009'
RESOLUCIÓN DE GABINETE No.35
(de 24 de marzo de 2009)
Que exceptúa a la Caja de Seguro Social del requisito de licitación pública, y le autoriza a contratar directamente, con la Coordinadora Nacional de la Salud, la provisión de servicios de atención de salud a la población asegurada de las regiones de Chilibre, Las Cumbres y San Miguelito por un monto total de treinta y nueve millones de balboas (B/.39,000,000.00) y se emite concepto favorable al Contrato DAL-003-2009
EL CONSEJO DE GABINETE,
en uso de sus facultades constitucionales y legales,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley 27 de 1 de mayo de 1998, se autorizó la creación y organización de la empresa de utilidad pública denominada Coordinadora Nacional de la Salud (CONSALUD), cuyo objetivo principal es coordinar la financiación, contratación y provisión de servicios de atención médica y de salud en todo el territorio nacional, a través de contratos-programa a celebrarse con sus proveedores;
Que, conforme al artículo 10 de la referida Ley, la Coordinadora Nacional de la Salud celebrará contratos-programa con base en la estimación de la demanda de servicios médicos de urgencia, hospitalización, consulta externa y procesos ambulatorios, basados en las necesidades de salud de los diferentes espacios-población de las regiones de salud del territorio nacional, para los cuales el Ministerio de Salud y de la Caja de Seguro Social están obligados a suministrar, oportunamente, los fondos requeridos;
Que se encuentra vigente el Contrato-Programa No.004-2005, suscrito por la Coordinadora Nacional de la Salud con el Patronato del Hospital San Miguel Arcángel para la provisión de servicios de atención de segundo nivel a la población asegurada y no asegurada de las regiones de Chilibre, Las Cumbres y San Miguelito, por un período de tres (3) años, hasta un monto total de treinta y nueve millones de balboas (B/.39,000,000.00);
Que, con fundamento en este contrato, CONSALUD y la Caja de Seguro Social suscribieron el Contrato No.069-2005, que venció el 31 de diciembre del 2008;
Que, mediante la Adenda No.4, se extendió la vigencia del contrato programa desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2009, lo cual representa un incremento en el monto total del contrato por la suma de trece millones de balboas (B/.13,000,000.00);
Que, de esta suma, a la Caja de Seguro Social le corresponde aportar la cantidad de seis...
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